Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Miercoles, 02 de agosto de 1995 Pág. 6.192

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (248/1994).

Rosa Tesouro Cid, oficial en funciones de secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción numero tres de Santiago de Compostela, doy fe que en los autos de juicio ejecutivo número 248/1994, seguidos en este juzgado, se dictó sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco. Vistos por Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo nº 248/1994 promovidos por Vw. Leasing, S.A. Sociedad de Arrendamiento Financiero, representada por el procurador Ricardo García-Piccoli Atanes y defendido por el letrado Carlos Manuel Paz Costas, contra José Luis Durán Neira, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Y que en su parte dispositiva dice: que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate en los bienes embargados y que en lo sucesivo puedan embargarse al deudor José Luis Durán Neira y con su producto entero y cumplido pago al acreedor, de la cantidad de doscientas ochenta y siete mil quinientas noventa y ocho pesetas (287.598) de principal, más cien mil pesetas(100.000) calculadas para intereses, gastos y costas causadas y que se causen, las cuales expresamente impongo a la parte demandada. Notifíquese al demandado rebelde. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original al libro de sentencias. Contra esta resolución cabe interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación. Así, por esta mi sentencia, que será notificada al demandado en la forma y modo que la ley previene para los rebeldes, definitivamente juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a fin de que sirva de notificación al demandado José Luis Durán Neira, libro el presente edicto en Santiago de Compostela a trece de junio de mil novecientos noventa y cinco.

La oficial en funciones de secretaria judicial

Rubricado

95-4743