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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Lunes, 31 de julio de 1995 Pág. 6.124

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO.

Aprobación inicial de la modificación puntual del PGOU en el ámbito de la unidad de actuación número seis.

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria del día 19 de mayo de 1995, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Prestar aprobación inicial a la modificación puntual del PGOU en lo concerniente a a Unidad de Actuación número 6 delimitada por la calle Cobián Roffignac, Santa Clara, Convento de Santa Clara y Plaza de Barcelos, de conformidad con el documento formulado por este ayuntamiento, redactado por el arquitecto jefe del Servicio Municipal de Gestión y Disciplina Urbanística, Carlos García Velasco, documentación esta que será diligenciada por el secretario general de la corporación.

Segundo.-Acordar la suspensión de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición en el ámbito espacial afectado por la modificación del planeamiento de ordenación integral, que se delimita a continuación, incluyendo los siguientes inmuebles: edificios número 20, 22 y 26 de la calle Cobián Roffignac, huerta de esta casa lindante con dicha calle y la de Santa Clara hasta el edificio núemro 10 de esta calle y Plaza de Barcelos y huerta del Convento de Santa Clara. La suspensión determinada por esta aprobación inicial tendrá una duración máxima de dos años, extinguiéndose, en cualquier caso, con la aprobación definitiva del planeamiento.

Tercero.-Someter a información pública el expediente por plazo de un mes mediante la publicación de anuncios en el Diario Oficial de Galicia, BOP, tablón de edictos del ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a efectos de que durante dicho período puedan formularse las alegaciones y sugerencias pertinentes, computándose el momento inicial del plazo de alegaciones

a partir de la inserción del anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto.-Facultar a la alcaldía para la formalización del convenio a suscribir entre esta Administración municipal y la propiedad de la finca mayoritaria de la Unidad de Actuación número 6 en el que se establezcan las obligaciones y garantías para la materialización del aprovechamiento no patrimonializable de atribución a este ayuntamiento, con carácter previo a la aprobación provisional del presente procedimiento de modificación puntual del PGOU.

Quinto.-Conceder audiencia a los siguientes organismos, con objeto de que remitan este acuerdo a los diversos órganos periféricos de sus respectivas Administraciones públicas o bien formulen las correspondientes alegaciones o emitan sus oportunos informes, mediante la notificación de este acuerdo, pudiendo durante el referido plazo, examinar en el ayuntamiento el expediente:

-Delegación del Gobierno Central en Galicia.

-Delegación provincial de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de la Xunta de Galicia.

-Delegación provincial de la Consellería de Ordenación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.

Pontevedra, 25 de mayo de 1995.

Francisco Javier Cobián Salgado

Alcalde

Jualio Dapena Outomuro

Secretario general

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