El artículo 21 de la Ley 6/1994 de 29 de diciembre de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1995 autoriza a conceder avales al Igape por un importe máximo de 13.000 millones de pesetas.
El artículo 13.2º del Decreto 284/1994, de 15 de septiembre, de regulación de avales del Instituto Gallego de Promoción Económica establece que a los avales concedidos por el Igape se les dará publicidad en el Diario Oficial de Galicia.
En virtud de los expuesto anteriormente,
RESUELVO:
Único.-Dar publicidad a los avales concedidos por el consello de dirección del Igape en sus reuniones de fechas 2 de mayo y 23 de junio de 1995:
-Aval por importe máximo de 87,5 millones de pesetas a la empresa Aglomerados Ecar, S.A.
-Aval por importe máximo de 120 millones de pesetas a la empresa Unicar Vehículos Especiales, S.L.
-Aval por importe máximo de 62,5 millones de pesetas a la empresa Montelnor, S.C.L.
-Aval por importe máximo de 595 millones de pesetas a la empresa Gesrubber, S.A.
-Aval por importe máximo de 700 millones de pesetas a la empresa Proinsa, S.A.
-Aval por importe máximo de 350 millones de pesetas a la empresa Demarlosa, S.A.
Santiago de Compostela, 29 de junio de 1995.
José Antonio Orza Fernández
Presidente del Instituto Gallego de Promoción Económica
95-4600