Por Orden de 30 de marzo de 1995 (DOG nº 90, del 11 de mayo), se convocan ayudas para acciones de apoyo económico a los estudiantes universitarios españoles matriculados en una de las tres universidades gallegas durante el curso 1994/1995, estableciéndose que la Dirección General de Universidades e Investigación, luego de comprobar que todas las solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la citada orden, publicará una resolución en el DOG, indicando los lugares donde estarán expuestas las listas de admitidos e excluidos, señalando, en su caso, las causas de exclusión.
Por lo tanto, esta dirección general, después de comprobar las solicitudes presentadas,
RESUELVE:
Primero.-Hacer públicas las relaciones provisionales de los solicitantes admitidos y excluidos en las acciones de apoyo económico a los estudiantes universitarios, que a continuación se señalan:
1. Ayudas a asociaciones de estudiantes de la universidades gallegas (anexo I).
2. Ayudas a estudiantes de las universidades gallegas para la realización de viajes culturales de carácter pedagógico (anexo II).
3. Ayudas complementarias a las becas de carácter general de estudios universitarios convocadadas por el MEC curso (1994-1995) dirigidas a estudiantes con residencia en Galicia pero que realizan estudios en universidades de fuera de Galicia (anexo IV).
4. Ayudas de desplazamiento para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudio correspondiente a las titulaciones universitarias autorizadas por la Xunta de Galicia en las universidades gallegas (anexo V).
5. Financiación de viajes para estancias en algún estado miembro de la Unión Europea con objeto de conocer la lengua de ese país (anexo VI).
6. Ayudas complementarias del programa de acción de la Unión Europea de movilidad de estudiantes (ERASMUS) (anexo VII).
Segundo.-Las citadas relaciones provisionales estarán expuestas en los tableros de anuncios de la Con
sellería de Educación y Ordenación Universitaria, de sus delegaciones provinciales, de los rectorados de las tres universidades de Galicia y en la Oficina de Información Administrativa de la Consellería de Presidencia y Administración Pública y en ellas se indicará, en su caso, la causa o causas de exclusión.
Tercero.-Contra esta resolución se podrá formular reclamación ante la Dirección General de Universidades e Investigación en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de julio de 1995.
José Manuel Touriñán López
Director general de Universidades e Investigación
9505293