Por resolución de la Delegación de Industria de Pontevedra de fecha 1/6/1995, se hace pública la designación del perímetro de protección propuesta por el Instituto Tecnológico y Minero de España para preservar la calidad y cantidad de las aguas de los dos manantiales de aguas minero-medicinales, sitos en Os Baños da Brea, Paradela, Merza, del término municipal de Vila de Cruces, que la sociedad Os Baños da Brea, S.L. pretende aprovechar como aguas de uso terapéutico en las instalaciones de su Hotel-Balneario.
El perímetro de protección está definido por un cuadrilátero de 2.126.250 m cuyas coordenadas UTM, Elipsoide Internacional de Haayford, y longitudes referidas al meridiano de Greenwich, son:
Vértices X Y
1 560.800 4.735.000
2 562.850 4.735.650
3 562.850 4.734.000
4 562.800 4.733.600
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 41 del Reglamento general para el régimen de la minería R.D. 2857/1978, de 25 de agosto, a fin de que los interesados de bienes o derechos comprendidos en el perímetro de protección puedan exponer, en el plazo de 15 días a contar del siguiente al de esta publicación, cuanto convenga a sus intereses.
Pontevedra, 1 de junio de 1995.
Ramón Álvarez Abad
Delegado provincial de Pontevedra
95-4510