Visto el texto de la revisión salarial del convenio coelctivo de la empresa Compañía de Industrias Electroquímicas, S.A. (CEDIE, S.A.) (código nº 3200072), de Ourense para el año 1995, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 22 de mayo del año en curso, suscrito en representación de la parte económica por la empresa y de la parte social por el comité de la misma, el día 27 de abril de 1995, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Reald ecreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción del convenio colectivo en el libro registro de esta delegación provincial, y su notificación a las representaciones económicas y sociales de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el BOP.
Ourense, 25 de mayo de 1995.
Manuel López Casas
Delegado provincial de Ourense
En O Barco de Valdeorras, siendo las 12 horas del día 27 de abril de 1995, se reúnen en la sala de
reuniones de la Compañía Española de Industrias Electroquímicas, S.A.:
-Por la emrpesa:
José Antonio Prieto San Juan.
-Por el comité de empresa:
José Paradelo Arias.
Joaquín Vales Rodríguez.
Manuel Arias Álvarez.
Roberto Álvarez Carracedo.
Carlos Arias Núñez.
Con el fin de ajustar las tablas salariales a lo dispuesto por el artículo 8 del convenio de empresa firmado el día 24 de junio de 1993.
Abre la sesión el representante de la empresa, José A. Prieto San Juan, quien hace entrega a los presentes de un informe con los cálculos eafectuados, aplicando lo que en el citado convenio se indica para las retribuciones de 1995. Tras una explicacion de las mismas y comprobación por parte de los presentes, los conceptos salariales para 1995 quedan como sigue:
Primero.-Salario de convenio para 1995.
Grupo Anual Mensual Diario
Grupo I 1.368.631 91.242 3.008 Grupo II 1.464.435 97.629 3.219 Grupo III 1.587.611 105.841 3.489 Grupo IV 1.765.535 117.702 3.880 Grupo V 2.011.829 134.122 4.422 Grupo VI 2.354.047 156.936 5.174 Grupo VII 2.864.887 190.992 6.296 Grupo VIII 3.630.159 242.011 7.978
Segundo.-Complemento de turnos. El compelmento de turnos para el año 1995, en cómputo anual, será de 211.285 ptas. (579 ptas./día).
Tercero.-Plus de vacaciones en invierno. Para el ejercicio 1995, este plus ascenderá a 51.637 ptas. en cómputo anual, a razón de 1.666 ptas./día de vaca
ciones disfrutadas en período invernal por necesidad de la empresa.
Cuarto.-Ayuda estudios. Se ajustará a los siguientes importes:
jubilación empresa por año
Sexto.-Fondo social. La cantidad a dotar al fondo social durante el año 1995 será de 20.400 ptas./mes.
Estudios Mensual Diario
EGB y preescolar 2.503 83 BUP y formación profesional 4.576 153 Estudios universitarios 7.016 234
Quinto.-Ayudas por jubilación:
Edad
Antiguedad
Importe
60 años 10 años 6.121 61 años 10 años 5.510 62 años 10 años 4.286 63 años 10 años 3.366 64 años 10 años 2.448 65 años 10 años 1.837 A partir del 10º año 1.224
Leído en presencia de los anteriormente citados, y estando de acuerdo en lo aquí escrito, firman el presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.
95-4918