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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Jueves, 13 de julio de 1995 Pág. 5.652

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (226/1983).

Gonzalo-Jorge Cabaleiro de Saa, secretario de la Administración de justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Santiago de Compostela.

Certifico que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles obra la recaída en los autos de juicio ejecutivo número 226/1983, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: En la ciudad de Santiago de Compostela a quince de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.

Salvador P. Sanz Crego, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de esta capital, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo, seguidos ante este juzgado con el número 226/1983, promovidos por Banco Atlántico, S.A., con domicilio social en Barcelona, Avda. Diagonal número 407-bis, representado por el procurador Regueiro Sánchez y dirigido por el letrado Álvarez Santullano, contra José Luis Fontela Ríos y Carmen Fernández Senin, con domicilio en la calle A Estrada número 55-1 de Santiago de Compostela y Daniel Fontela Neiro y Emilio Fontela Ríos, con domicilio en Lestedo-Boqueixón, declarados en rebeldía.

Fallo que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a José Luis Fontela Ríos, Carmen Fernández Senín, Daniel Fontela Neiro y Emilio Fontela Ríos y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despachó la ejecución, la cantidad de 491.821,64 pesetas, importe del principal; y además al pago de los intereses de demora y las constas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada.

Contra esta sentencia, por no ser firme, podrá interponerse en este juzgado y para ante la Audiencia Provincial de A Coruña, recurso de apelación en el plazo improrrogable de cinco días, a contar desde su notificación. Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».

La sentencia preinserta fue publicada en el mismo día de su fecha por el magistrado-juez que la suscribe; y para que conste y para que sirva de notificación en forma a la demandada en situación procesal de rebeldía, José Luis Fontela Ríos y Carmen Fernández Senín, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

Rubricado

95-4108