Los criterios por los que se regula, planifica y estructura la red de estaciones de inspección técnica de vehículos en Galicia vienen fijados en el Decreto 205/1994, de 16 de junio, por el que se refunde la normativa vigente en materia de inspección técnica de vehículos.
Dicha norma, en su artículo 1.2, establece que la situación de las estaciones fijas será determinada por orden de la consellería competente en materia de Industria, procurando la total cobertura del territorio, atendiendo a los criterios de economía y coste mínimo global del servicio para los usuarios, minimizando el desplazamiento que los vehículos tengan que realizar para la inspección, distribuyendo, al mismo tiempo, las estaciones de una manera equilibrada y lógica dentro del territorio gallego y posibilitando la autofinanciación de las estaciones.
El ejercicio de las competencias para determinar la localización de una nueva estación fija de inspección técnica de vehículos le corresponde a la Consellería de Economía e Industria, a través de la Secretaría General de Industria y Desarrollo Energético, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria.
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo único
Establecer la localización de una nueva estación fija de inspección técnica de vehículos en el ayuntamiento de Mos.
Disposición final primera
Se faculta al secretario general de Industria y Desarrollo Energético para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de esta orden.
Disposición final segunda
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2024
María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía e Industria