DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 1 de julio de 2024 Pág. 40050

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Comercio y Consumo, por la que se acuerda publicar las bases reguladoras de los premios de Artesanía de Galicia y su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento IN200A).

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 27.17, atribuye a nuestra comunidad autónoma competencias exclusivas en materia de artesanía. La Ley 8/2023, de 14 de diciembre, de artesanía de Galicia, establece el marco legal de actuación del sector artesano.

En Galicia, las actividades artesanales suponen una gran reserva desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. Forman parte del tejido productivo básico sobre el cual se construye nuestra sociedad, al tiempo que actúan como hilo conductor que posibilita la continuidad de nuestra identidad y de nuestra cultura.

El Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, atribuye a la Dirección General de Comercio y Consumo la planificación, coordinación y control de las competencias de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración en materia de artesanía.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el Decreto 49/2024, de 22 de abril, la Dirección General de Comercio y Consumo, en el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas,

DISPONE:

Artículo 1. Objeto y ámbito de la convocatoria

Esta disposición tiene por objeto establecer las bases que rigen los premios de Artesanía de Galicia, que se aprueban en el anexo I, y proceder a su convocatoria para el año 2024 con el objetivo de reconocer la mejora continua en la labor de los profesionales del sector artesano gallego y contribuir a su desarrollo económico y promocional (código de procedimiento IN200A).

Los premios de Artesanía de Galicia constan de las siguientes modalidades:

a) Premio Artesanía de Galicia 2024.

b) Premio Trayectoria 2024.

c) Premio Becas Eloy Gesto 2024.

Artículo 2. Financiación y concurrencia

La dotación global de los premios es de 21.000 euros con cargo a los presupuestos de la Fundación Pública Artesanía de Galicia y estarán sujetos al tratamiento fiscal en vigor en el momento de la concesión.

Artículo 3. Solicitudes y plazo de presentación

1. Para la modalidad Premio Artesanía de Galicia 2024, la obra a concurso junto con la solicitud, que se incluye como anexo II de esta resolución, deberán presentarse presencialmente en la forma indicada en el artículo 4 de las bases reguladoras, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

2. Para las modalidades Premio Trayectoria 2024 y Premio Becas Eloy Gesto 2024, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

3. El plazo de presentación para las tres candidaturas se inicia a partir de las 8.00 horas de 16 de septiembre de 2024 y finaliza a las 14.30 horas de 27 de septiembre de 2024.

Artículo 4. Plazo de duración del procedimiento de concesión

1. Una vez finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, estas serán tramitadas y valoradas de acuerdo con el procedimiento establecido en las bases reguladoras.

2. El plazo máximo para dictar y notificar a las personas interesadas la resolución expresa será de tres meses a partir de la conclusión del plazo de presentación de las solicitudes.

Artículo 5. Información a las personas interesadas

1. Sobre este procedimiento administrativo, que tiene el código IN200A, se podrá obtener información en la Fundación Pública Artesanía de Galicia, a través de los siguientes medios:

a) Página web de la Fundación Pública Artesanía de Galicia, http://artesaniadegalicia.xunta.gal/, y de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, https://conselleriaemprego.xunta.gal/

b) En la guía de procedimientos y servicios de la Xunta de Galicia en la dirección:

https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos

c) En los teléfonos 881 99 91 71 o 881 99 91 74 de la Fundación Pública Artesanía de Galicia.

d) En la dirección electrónica centro.artesania@xunta.gal

e) Presencialmente, en la Fundación Pública Artesanía de Galicia, FGHI34, Área Central, 15707 Santiago de Compostela.

Asimismo, para cuestiones generales sobre este u otro procedimiento, podrá hacerse uso del teléfono de información general de la Xunta de Galicia: 012 (desde el resto del Estado: 902 12 00 12).

Artículo 6. Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes

Para las modalidades Premio Trayectoria 2024 y Premio Becas Eloy Gesto 2024 todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Respecto a la modalidad Premio Artesanía de Galicia 2024, los trámites con posterioridad al inicio del expediente deben realizarse presencialmente en la sede de la Fundación Pública Artesanía de Galicia con el fin de que el jurado que dictaminará la pieza ganadora evalúe fielmente la calidad, el diseño y la presentación de todas las obras a concurso y la documentación que las acompaña. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos para facilitar la realización de dichos trámites, que podrán ser empleados por ellas.

Artículo 7. Transparencia y buen gobierno

1. Se deberá dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, y con el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

2. En virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, las personas físicas y jurídicas beneficiarias de subvenciones están obligadas a suministrar a la Administración, al organismo o entidad de las previstas en el artículo 3.1 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, a que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en el título I de la citada ley.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo

El órgano competente para dictar la resolución de concesión es la gerencia de la Fundación Pública Artesanía de Galicia.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de junio de 2024

Gabriel Alén Castro
Director general de Comercio y Consumo

ANEXO I

Bases reguladoras de los premios de Artesanía de Galicia 2023

Artículo 1. Objeto y régimen

Estas bases tienen por objeto regular la concesión de los premios de Artesanía de Galicia como un reconocimiento a la mejora continua en la labor de los profesionales del sector artesano gallego y contribuir a su desarrollo económico y promocional.

Artículo 2. Características de los premios

Los premios de Artesanía de Galicia constan de las siguientes modalidades:

1. Premio Artesanía de Galicia 2024.

Se premiará la obra que represente las líneas deseadas para una artesanía competitiva en el mercado actual como son el diseño, la adaptación o conservación de las técnicas y valores tradicionales más característicos de nuestra artesanía, la incorporación de las tendencias actuales, la innovación, la buena presentación y la calidad de la obra tanto de sus materiales como en el desarrollo de esta.

2. Premio Trayectoria 2024.

Premio honorífico en reconocimiento a la trayectoria profesional consolidada de una persona artesana gallega. El premio será concedido teniendo en cuenta las propuestas de los talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, las asociaciones profesionales de artesanos y artesanas de Galicia y otras entidades públicas o privadas encargadas de hacer la presentación de las candidaturas. Se valorará la trayectoria reconocida de la persona candidata, su contribución, puesta en valor y promoción de la artesanía gallega, la calidad de sus trabajos realizados y el compromiso con la divulgación y transmisión pedagógica de los principales valores positivos en el campo de nuestra artesanía.

3. Premio Becas Eloy Gesto 2024.

Esta modalidad tiene la finalidad de potenciar el relevo generacional en la artesanía, el acceso de nuevos talentos al sector y su profesionalización. Se premiarán hasta tres candidaturas que presenten una propuesta para su formación en un centro formativo o en un taller artesanal de referencia en el campo de la artesanía y el diseño. Se valorará el carácter innovador del proyecto, la transferencia de conocimiento que se pretende alcanzar con esa formación, la incorporación de las nuevas tecnologías, el currículo de la persona candidata y la potencialidad de incorporación de esta formación para la elaboración de un producto artesanal innovador. También se tendrá en cuenta el grado de madurez, la calidad en la presentación de la propuesta, así como la colaboración entre distintas actividades artesanales.

Artículo 3. Participantes

1. Premio Artesanía de Galicia 2024.

Talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia cuyo titular sea una persona artesana, de acuerdo con la Ley 8/2023, de 14 de diciembre, de artesanía de Galicia.

2. Premio Trayectoria 2024.

Artesanos/as en activo o retirados que están o estuvieron inscritos como tales en el Registro General de Artesanía de Galicia y con una actividad mínima y demostrable en el sector de 20 años. Los encargados de hacer la presentación de las candidaturas de esta categoría serán los talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, las asociaciones profesionales de artesanos y artesanas de Galicia u otras entidades públicas o privadas. Estas propuestas han de ser siempre realizadas por terceros, es decir, ningún taller podrá realizar la propuesta del titular o un trabajador del propio taller.

3. Premio Becas Eloy Gesto 2024.

Talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia y cuyo titular sea una persona artesana con una edad máxima de 45 años en 2024.

Artículo 4. Solicitudes

1. Las solicitudes para participar en el procedimiento de concesión de los premios se presentarán en el plazo que se indica en el artículo 3.3 de la convocatoria.

a) Para la modalidad Premio Artesanía de Galicia 2024, con el fin de evaluar fielmente la calidad, el diseño y la presentación de todas las obras a concurso por parte del jurado que dictaminará la pieza ganadora, se requiere que la obra junto con su documentación y la solicitud se presenten en las oficinas de la Fundación Pública Artesanía de Galicia utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Las personas interesadas deberán consultar previamente en el correo electrónico centro.artesania@xunta.gal la dirección y el horario de apertura de las oficinas. Cuando la candidatura se remita por correo el solicitante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos (será requisito indispensable que se trate de una oficina de Correos prestadora del servicio postal universal) y comunicarle a la Fundación Pública Artesanía de Galicia la remisión de la candidatura mediante correo electrónico en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la propuesta si es recibida por la Fundación con posterioridad a la fecha en la que finaliza el plazo señalado en las presentes bases. Transcurridos, sin embargo, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin recibir la propuesta de candidatura, esta no será admitida en ningún caso. Dada la incompatibilidad funcional y logística derivada del volumen de las piezas presentadas no se admitirá la presentación en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

b) Para las modalidades Premio Trayectoria 2024 y Premio Becas Eloy Gesto 2024, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente se le requerirá que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para a presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

c) De acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos en estas bases, se requerirá a la persona solicitante que la complete en el plazo de 10 días con la advertencia de que, transcurridos esos días sin que se aporte la documentación, se tendrá por desistida su solicitud, previa resolución expresa.

Artículo 5. Documentación complementaria

Las personas interesadas deberán adjuntar con el anexo II de solicitud la siguiente documentación:

1. Premio Artesanía de Galicia 2024.

A) Presentación de la pieza original y, en el caso de que no pueda ser presentada por cuestiones de volumen, peso o localización, se exigirá una maqueta cuyo volumen no exceda del metro cúbico y los 40 kilogramos de peso, junto con material fotográfico del original.

B) Sobre cerrado A, en el que figurará el título de la propuesta y que contendrá la siguiente documentación:

a) Anexo II. Solicitud. Es obligatorio que, en su caso, lleve la firma y el sello de la empresa.

b) Currículo del taller artesanal.

c) Declaración firmada de que la pieza presentada es autoría y propiedad de la persona solicitante y no fue presentada a otros concursos ni publicada con anterioridad en ningún tipo de soporte (redes sociales, web, publicaciones y otros).

En el caso de que la pieza presentada sea resultado de una colaboración de varios talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía, el sobre deberá contener la documentación señalada anteriormente cumplimentada por cada uno de los participantes en la elaboración de la pieza.

C) Sobre cerrado B, en el que figurará el título de la propuesta y contendrá en soporte digital la siguiente documentación:

a) Ficha técnica del proyecto que incluya nombre o título de la obra, peso, medidas, técnica utilizada, materiales empleados y año de elaboración.

b) Mínimo de 5 imágenes de la obra presentada en formato jpg en alta calidad.

c) Memoria descriptiva del proceso productivo y memoria conceptual en la que se indique la intencionalidad de la pieza, las fuentes de inspiración y cualquier otro dato que ayude a la comprensión y al buen entendimiento de la obra.

Esta documentación no podrá estar firmada ni contener distintivos que la identifiquen con una marca o con una autoría determinada.

El número máximo de obras por participante será de dos. Asimismo, los autores que deseen participar con más de una obra deberán cumplimentar toda la documentación por obra presentada.

Tanto la pieza como la memoria que se propone como candidata al premio no podrán estar firmadas ni contener distintivos que las identifiquen con una marca o con una autoría determinada.

Con el fin de que el jurado que dictaminará la pieza ganadora evalúe fielmente la calidad, el diseño y la presentación de todas las obras a concurso, se requiere que la obra junto con su documentación se presenten en las oficinas de la Fundación Pública Artesanía de Galicia.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Fundación Pública Artesanía de Galicia podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

2. Premio Trayectoria 2024.

a) Anexo II. Solicitud. Es obligatorio que lleve la firma de la persona representante y el sello del taller, asociación profesional o entidad pública o privada que realiza la propuesta.

b) Memoria de presentación en la que se señalen las razones por las que se propone al premio.

c) Currículo de la persona candidata.

d) Un mínimo de 15 imágenes en formato jpg, de las que un mínimo 5 serán de piezas terminadas y un mínimo de 5 de la persona candidata al premio.

3. Premio Becas Eloy Gesto 2024.

a) Anexo II. Solicitud. Es obligatorio que lleve la firma y el sello de la empresa, en su caso.

b) Currículo de la persona artesana o del taller artesanal.

c) Memoria descriptiva que incluya el trabajo principal de la persona candidata en el campo de la artesanía, programa o principales contenidos de la formación que desea adquirir a través de la beca de formación, información principal del centro de formación o taller de artesanía para el cual solicita la beca y una propuesta razonada por la que considera que su candidatura debe ser elegida como ganadora en esta categoría.

d) Se debe aportar un mínimo de 10 imágenes de producto en formato jpg.

Para las categorías Premio Trayectoria 2024 y Premio Becas Eloy Gesto 2024, la documentación complementaria se deberá presentar electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Fundación Pública Artesanía de Galicia podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

De acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos en estas bases, se requerirá a la persona solicitante que la complete en el plazo de 10 días con la advertencia de que, transcurridos esos días sin que se aporte la documentación, se tendrá por desistida su solicitud, previa resolución expresa.

Artículo 6. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante.

b) NIF de la entidad solicitante o representante.

c) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la AEAT.

d) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

e) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

f) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el modelo de solicitud y adjuntar los documentos correspondientes.

3. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Artículo 7. Premios

La dotación de los premios será la siguiente:

– Premio Artesanía de Galicia 2024.

Dotación de 9.000 € y trofeo acreditativo.

La persona ganadora le cederá a la Fundación Pública Artesanía de Galicia la propiedad de la obra premiada. En caso de que las características físicas o de propiedad del producto ganador impidan su cesión se sustituirá por documentación gráfica o visual de este.

– Premio Trayectoria 2024.

Trofeo acreditativo y sin dotación económica.

– Premio Becas Eloy Gesto 2024.

Beca de formación de 4.000 € y diploma acreditativo para cada una de las personas ganadoras. Las personas ganadoras de este premio deberán entregar a la Fundación Pública Artesanía de Galicia una memoria descriptiva y justificativa de los gastos realizados una vez completada la formación por la que les fue concedida a beca.

Los premios estarán sujetos a las retenciones vigentes en la fecha de concesión de estos.

Artículo 8. Jurado

Se constituirá un jurado cuyos/as miembros serán nombrados/as por la persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo, competente en materia de artesanía, y estará integrada por un/una presidente/a, un/una secretario/a y un máximo de 5 vocales.

Actuará como presidente/a la persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo o la persona en quien delegue, como vocales actuarán profesionales y personas expertas de reconocido prestigio en el campo de la artesanía, del diseño y del comercio, y la secretaría recaerá en la persona gerente de la Fundación Pública Artesanía de Galicia, con voz pero sin voto.

La composición del jurado se hará pública antes de la resolución de los premios en la página web http://artesaniadegalicia.xunta.gal/

En su funcionamiento, el jurado se atendrá a lo siguiente:

a) La deliberación del jurado será secreta y su decisión inapelable.

b) El jurado propondrá en sus deliberaciones una única persona ganadora para cada una de las categorías. En caso de empate, decidirá el voto de calidad de la presidencia. En el momento de las votaciones, solo se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, ya que no se admitirá la delegación del voto.

c) El jurado podrá hacer menciones honoríficas sin dotación económica a aquellas personas candidatas que desee destacar en algún aspecto.

d) El jurado podrá proponer declarar desiertos los premios si considera que las obras presentadas no reúnen los méritos necesarios para alcanzar el galardón.

e) El jurado queda facultado para resolver sobre aspectos no contemplados en estas bases, así como todas las cuestiones que puedan suscitarse con motivo de los premios.

f) El jurado ajustará su funcionamiento a lo señalado en estas bases y a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo I del título I de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Artículo 9. Resolución de concesión

1. El jurado efectuará la propuesta de resolución de concesión, a la que deberá incorporar el contenido de la evaluación realizada por este.

El órgano competente para dictar la resolución de concesión del procedimiento es la Gerencia de la Fundación Pública Artesanía de Galicia.

2. La Fundación Pública Artesanía de Galicia podrá suspender una convocatoria anual cuando concurran circunstancias que impidan el normal desarrollo del proceso de convocatoria y la concesión del premio.

3. El plazo máximo para dictar y notificar a los interesados la concesión del premio será de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha límite de recepción de las candidaturas indicada en el artículo 3.3 de la convocatoria.

Transcurrido el citado plazo sin que se notifique la resolución de concesión expresa legítima a las personas interesadas, se entenderá desestimada su candidatura por silencio administrativo.

4. Las personas ganadoras del Premio Becas Eloy Gesto 2024 deberán entregar a la Fundación Pública Artesanía de Galicia una memoria descriptiva y justificativa de los gastos realizados una vez completada la formación por la que les fue concedida la beca. Esta documentación debe remitirse a centro.artesania@xunta.gal en un plazo máximo de un año a contar desde la entrega de premios en la que se darán a conocer públicamente los ganadores. Si por causas de fuerza mayor la formación no se puede llevar a cabo en este plazo, las personas ganadoras podrán solicitar una prórroga a la Fundación Pública Artesanía de Galicia que evaluará esta solicitud y será la encargada de autorizar el aplazamiento.

El incumplimiento de esta obligación por parte de las personas ganadoras será motivo de reintegro íntegro a la Fundación Pública Artesanía de Galicia de la dotación económica de la beca.

Artículo 10. Notificaciones

1. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2. La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad escogida para la notificación (electrónica o en papel) en el formulario. En el caso de optar por la notificación en papel se practicará la notificación según lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. De conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las notificaciones electrónicas se realizarán mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal. Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la dirección de correo electrónico y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

En el caso de las personas interesadas obligadas a recibir notificaciones solo por medios electrónicos deberán optar en todo caso, en el formulario, por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida ni produzca efectos en el procedimiento una opción diferente.

4. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuese expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

5. Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, la Administración general y las entidades del sector público autonómico practicarán la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Artículo 11. Publicidad

La Fundación Pública Artesanía de Galicia hará publicidad de las personas galardonadas y de los finalistas, si los hubiere, con la merecida notoriedad en los medios que considere más adecuados dadas las características de los premios.

Artículo 12. Entrega de premios

La entrega de los premios se realizará en un acto público convocado a tal efecto, al que se le dará la publicidad y la trascendencia adecuadas.

Artículo 13. Compatibilidad del premio

Estos premios serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de cualquier Administración, ente público o privado, gallego, estatal o europeo, u organismos internacionales, que se le pueda otorgar a la persona beneficiaria después de la concesión del presente galardón.

Artículo 14. Recuperación de las piezas presentadas

Los autores y autoras que deseen recuperar las piezas presentadas y no premiadas deberán recogerlas personalmente en la Fundación Pública Artesanía de Galicia. Las obras que no se recojan pasados 30 días desde la publicación de las personas ganadoras en la página web http://artesaniadegalicia.xunta.gal/ pasarán a ser propiedad de la Fundación, ya que se entenderá que las personas candidatas renuncian a sus derechos de propiedad sobre estas.

Artículo 15. Aceptación de las bases

La participación en estos premios supone la plena aceptación de las bases cuya interpretación corresponde al jurado.

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