De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), después de examinar la solicitud de cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia presentada individualmente por el otro miembro de la pareja, se notifica a la persona abajo relacionada el emplazamiento para el trámite de audiencia a fin de dictar la oportuna resolución definitiva del expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.3 del Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, según la redacción dada por el Decreto 146/2014, de 13 de noviembre. La eficacia de esta resolución queda supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El expediente relacionado se encuentra a disposición de la persona interesada en la Dirección Territorial de Pontevedra, sita en la avenida Mª Victoria Moreno, 43, 9ª planta, 36003 Pontevedra, para que pueda consultarlo y formular las alegaciones y justificaciones que considere oportunas, durante un plazo de quince (15) días hábiles desde la publicación de esta resolución.
Una vez transcurrido este plazo y, a la vista de las alegaciones, documentos y justificaciones presentadas, se dictará la resolución que corresponda.
Pontevedra, 31 de mayo de 2024
Ramón Pereiro Santín
Director territorial de Pontevedra
ANEXO
Expediente |
NIF/NIE/Pasaporte |
PO-2023/00825 |
GG107091 |