El 3 de enero de 2024, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales dictó resolución por la que se hace público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 28 de diciembre de 2023, por el que se otorga la declaración de utilidad pública, en concreto, así como la compatibilidad con diversos aprovechamientos forestales, de las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Airas, sito en los ayuntamientos de Alfoz y Mondoñedo, promovido por Fergo Galicia Vento-Alfoz, S.L.
Esta declaración de utilidad pública, según lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, implica la necesidad de ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos afectados y su urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
De acuerdo con lo anterior, esta jefatura territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, resuelve convocar a todas las personas afectadas con las que no se llegó a un acuerdo, incluidas en la relación de bienes y derechos que se inserta como anexo a la presente resolución y que también se publica en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Alfoz y Mondoñedo, deducida de la que se sometió a información pública en el Diario Oficial de Galicia de 15 enero de 2024, para que comparezcan el día 13 y 14 de mayo de 2024 en el ayuntamiento de Alfoz señalado como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que se establece en el citado artículo, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.
De esta convocatoria se dará traslado a los interesados mediante la oportuna citación individual, en la que se señalará día y hora para el levantamiento de actas previas. Asimismo en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Alfoz y Mondoñedo estará expuesta la fecha del levantamiento de actas. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, y aportar los documentos acreditativos de su titularidad, podrán venir acompañados de sus peritos y de un notario a su cargo (artículo 52.3 de la Ley de expropiación forzosa).
Asimismo, se advierte a todos los interesados que podrán formular alegaciones por escrito en esta jefatura territorial (ronda de la Muralla, 70, Lugo) hasta el momento del levantamiento de actas previas, a los únicos efectos de subsanar los posibles errores cometidos en la relación de bienes y derechos afectados (artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa).
Esta publicación se realiza igualmente a efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien intentada la notificación, no se hubiese podido realizar (sin perjuicio de la correspondiente publicación en el BOE), y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 29 de febrero de 2024
El jefe territorial de Lugo
P.A. (Artículo 41.3 del Decreto 116/2022, de 23 de junio)
Juan Carlos Morán del Pozo
Jefe del Servicio de Industria