DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 19 de marzo de 2024 Pág. 19779

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente IN407A 2023/380-1).

Expediente: IN407A 2023/380-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo de la LMTS. Calle Cantaleta, núm. 2.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Hechos:

1. El día 12 de septiembre de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de atender una solicitud de retranqueo a causa de la construcción de un nuevo edificio en la calle Cantaleta, núm. 2, ayuntamiento de Santiago de Compostela. Se proyecta la retirada de un tramo subterráneo de la línea de distribución LMT SNT811, procedente de la subestación de Santiago (expediente IN407A 2016/2240-1) y la instalación de un nuevo tramo subterráneo.

Conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado: retranqueo LMTS calle Cantaleta, nº 2, firmado el 9 de agosto de 2023 por Susana Casais Pérez, ingeniera técnica industrial eléctrica con el número colegial 2.033 de A Coruña.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se le solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Santiago de Compostela. A día de esta resolución, no consta en el expediente contestación del organismo afectado, es decir, el ayuntamiento, a la solicitud del condicionado solicitado.

4. El 8 de febrero de 2024 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente conforme a lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), de acuerdo con la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

Segunda. Legislación de aplicación:

– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en la calle Cantaleta, núm. 2, en el ayuntamiento de Santiago de Compostela.

– LMTS a 20 kV de 32 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1x240 mm2 Al, con origen en los empalmes a realizar en la LMT SNT811, procedente de la subestación de Santiago, en el PAR proyectado, y final en los empalmes a realizar en otro PAR proyectado en la misma línea. Retirada del tramo subterráneo existente (expediente IN407A 2016/2240-1) de la LMT SNT811, entre el CS Aulario-Clínico (15CSNB) y CS Nuevo Hospital (15CLL4).

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 27 de febrero de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña