DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 29 de enero de 2024 Pág. 8859

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Carballo (expediente IN407A 2023/379-1).

Expediente: IN407A 2023/379-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: CT y RBT, lugar Pinos.

Ayuntamiento: Carballo.

Hechos:

1. El día 12.9.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Al objeto de atender una petición de suministro eléctrico de 9,2 kW para una vivienda unifamiliar en el lugar de Os Pinos, ayuntamiento de Carballo, se proyecta un aumento de potencia del centro de transformación de intemperie CT Piñeiro Asenado (15ACP7, expediente 50.472) de 100 kVA de potencia alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT CBL701B, procedente de la subestación de Carballo, instalando un nuevo transformador de 160 kVA y aparamenta en soporte de hormigón existente.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, aportan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los seguientes documentos:

1) Proyecto de ejecución denominado CT y RBT, lugar de Os Pinos, firmado el día 17.8.2023 por Abel Fernández Bermúdez, ingeniero técnico industrial graduado en ingeniería eléctrica, nº colegiado 4.793 de Vigo (CoitiVigo).

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se trasladó una separata del proyecto a las entidades afectadas, en la parte en que la instalación pudiese afectar a bienes y derechos a su cargo. La separata contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Así, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Carballo.

La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados por el Ayuntamiento de Carballo en el plazo otorgado a ese efecto.

4. El día 29.12.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo) conforme a la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

Segunda. Legislación de aplicación.

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de O Aseñado, en el ayuntamiento de Carballo, y sus características técnicas son las siguientes:

– Repotenciación del CT Piñeiro Asenado (15ACP7, expediente 50.472) de 100 kVA exterior con relación de transformación de 15.000/400-230 V, instalado en soporte nº A1QUR5B2//C13-12-6-1-CT existente tipo HV-1000/11 de la LMT CBL701B, de la subestación de Carballo: nuevo transformador de 160 kVA, nuevo cuadro MT y retirada del existente.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 4 de enero de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña