En virtud de lo establecido en los artículos 4.13 y 34.2 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y en el artículo 26 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día quince de enero de dos mil veinticuatro,
DISPONGO:
Que cese, a petición propia y con efectos del día 15 de enero, Antonio Rodríguez Miranda como secretario general de la Emigración agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, quince de enero de dos mil veinticuatro
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro
de Presidencia, Justicia y Deportes