BDNS (Identif.): 738385.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inditex):
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales que en su ámbito territorial correspondiente presten el servicio de recogida y acogimiento de animales y/o la gestión de colonias felinas, por sí mismas o asociadas, en régimen de gestión directa o indirecta mediante su contratación con empresas privadas autorizadas para ese fin.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de entidades locales (agrupación, asociación, mancomunidad, consorcio, fusión o cualquier otra similar).
Segundo. Objeto
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la protección de los animales domésticos de compañía abandonados en Galicia, relativas a la atención y cuidado de los animales domésticos de compañía que se encuentren en los centros de recogida autorizados y/o formen parten de colonias felinas reguladas en el artículo 26 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre , así como proceder a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento MT811A), destinadas a las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 12 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones encaminadas a la protección de los animales domésticos de compañía abandonados en Galicia y se convocan ayudas para el año 2024 destinadas a las entidades locales (código de procedimiento MT811A).
Cuarto. Cuantía
El importe asignado es de doscientos treinta mil euros (230.000 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 13 de septiembre de 2024.
Sexto. Otros datos
Las ayudas a las que se refiere esta orden comprenden los gastos subvencionables recogidos en el artículo 2 que hayan sido efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.
Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2023
Ángeles Vázquez Mejuto
Vicepresidenta segunda y conselleira de Medio Ambiente,
Territorio y Vivienda