DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miércoles, 27 de diciembre de 2023 Pág. 70704

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 14 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños ocasionados por el oso pardo y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento MT815A).

BDNS (Identif.): 734146.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las personas titulares de explotaciones ganaderas que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas destinadas a compensar a las personas titulares de explotaciones ganaderas por los daños ocasionados por el oso pardo, así como proceder a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento MT815A).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 14 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños ocasionados por el oso pardo y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento MT815A).

Cuarto. Cuantía

El importe asignado es de treinta y ocho mil euros (38.000,00 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Los plazos de presentación de la solicitud de ayuda serán los siguientes:

a) Para los daños que hayan sido comunicados a los servicios de Patrimonio Natural de las jefaturas territoriales de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda entre el 1 de octubre de 2023 y la fecha de publicación de esta orden, el plazo de presentación será de un mes contado a partir de la entrada en vigor de esta orden.

b) Para los daños ocasionados desde la entrada en vigor de esta orden, el plazo de presentación será de un mes contado desde el día siguiente al de la comunicación del daño realizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de esta orden.

Sexto. Otros datos

Las ayudas a las que se refiere esta orden comprenden los daños ocasionados por el oso pardo que se produzcan desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024.

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2023

Ángeles Vázquez Mejuto
Vicepresidenta segunda y conselleira de Medio Ambiente,
Territorio y Vivienda