DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 30 de noviembre de 2023 Pág. 66369

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal (expediente IN407A 2022/432-1).

Expediente: IN407A 2022/432-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: cambio de sección en la LMT PMR816 entre el CT Carlos Montenegro-15CRN3 y el CT edificio Curota-15CFJR.

Ayuntamiento: A Pobra do Caramiñal.

Hechos:

1. El día 16.12.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Al objeto de incrementar la capacidad de transporte de las líneas existentes con la finalidad de atender los aumentos de demanda de energía que se produjeron a lo largo del tiempo en los alrededores de la calle Alexandre Bóveda, en la parroquia de O Caramiñal, ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal, se proyecta la sustitución del conductor existente en un tramo enterrado de la línea de distribución de media tensión LMT PMR816 A Pobra I, 16, procedente de la subestación Palmeira.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado Cambio de sección en la LMT PMR816 entre el CT Carlos Montenegro-15CRN3 y el CT edificio Curota-15CFJR, firmado el día 16.11.2023 por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en ingeniería eléctrica, con el número de colegiado 4.684 de Vigo (COITIVigo).

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se trasladó una separata del proyecto a las entidades afectadas, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo. La separata contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Así, se solicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal.

La empresa promotora manifestó su conformidad con el informe presentado por dicho organismo en el plazo otorgado a ese efecto.

4. El día 22.9.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme a la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente se encuentran en la calle Alexandre Bóveda, parroquia de O Caramiñal, en el ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal, y sus características técnicas son las siguientes:

– Nuevo conductor en tramo LMTS a 20 kV, de 138 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el CT Carlos Montenegro (15CRN3, IN407A 2002/332-1) existente de la línea LMT PMR816 A Pobra I, 16, procedente de la subestación Palmeira, y remate en la celda de línea del CT edificio Curota (15CFJR). Retirada del conductor existente RHV-3×150 (79 m) y RHZ1 3×240 (59 m) (IN407A 2016/2398-1).

– La línea discurrirá canalizada bajo un tubo en zanja de 0,4 m de ancho y una profundidad entre 0,8 y 1 m. Los tubos serán de polietileno de alta densidad, con 16 cm de diámetro.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 20 de octubre de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña