DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 23 de noviembre de 2023 Pág. 64953

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Baña (expediente IN407A 2023/299-1).

Expediente: IN407A 2023/299-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMT, CT, RBT Nantón.

Ayuntamiento: A Baña.

Hechos:

1. El día 14 de junio de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de mejorar la calidad del suministro eléctrico a causa de reclamaciones por subtensiones presentadas por los clientes del lugar de Nantón, parroquia de San Mamede do Monte (San Mamede), ayuntamiento de A Baña. Se proyecta la instalación de un centro de transformación prefabricado de 100 kVA de potencia, de una línea de media tensión subterránea que lo conectará con la línea de distribución de media tensión LMT NEG807 (expediente IN407A 2016/2288-1), procedente de la subestación Negreira, y dos salidas de baja tensión que lo conectarán con la red de baja tensión de la zona.

Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado LMT, CT RBT Nantón, firmado el 11 de mayo de 2023 por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con el número colegial 502 de Ourense.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación había podido afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se les solicitó el preceptivo informe al Servicio de Infraestructuras Agrarias-Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural de A Coruña y el Ayuntamiento de A Baña. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado establecido por el organismo afectado, a saber, Medio Rural.

4. El 25 de septiembre de 2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente conforme a lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), de acuerdo con la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio de 2023).

Segunda. Legislación de aplicación.

– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– La Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas.

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Nantón, parroquia de San Mamede do Monte (San Mamede), en el ayuntamiento de A Baña.

– LMTS a 20 kV de 53 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo número 9VJHH6Q9//29 de hormigón existente en el que se instalará un seccionador XS, de la LMT NEG807 (expediente IN407A 2016/2288-1), procedente de la subestación Negreira, y final en el CTC proyectado.

– CT en el lugar de Nantón compacto prefabricado tipo rural, con una potencia de 100 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 30 de octubre de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña