El texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, aprobado por Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en su artículo 30 atribuye a las comunidades autónomas las facultades de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés del Estado situadas en su territorio, que deberán hacerse necesariamente a propuesta de las administraciones públicas y organismos y entidades que aquellos representen.
El Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 16 de septiembre de 2010 faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de puertos para el ejercicio de dichas competencias.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida, a propuesta del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa,
DISPONGO:
El cese de Paola María Mochales como vocal representante del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2023
Alfonso Villares Bermúdez
Conselleiro del Mar