Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
– Solicitante: Begasa.
– Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.
– Denominación: nuevo CT Rei das Tartas y LSAT de alimentación.
– Situación: ayuntamiento de Mondoñedo.
– Características técnicas principales:
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV A Pontenova, la cual proviene del paso aéreo a subterráneo en el apoyo A93788, con origen en un empalme a realizar en una arqueta existente (punto 1 del plano 4,2) y final en el CT Rei das Tartas (proyectado), con una longitud de 550 metros en conductor RHZ1-150 mm.
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV A Pontenova, con origen en el CT Rei das Tartas (proyectado) y final en el CT P.I. Mondoñedo, con una longitud de 600 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.
• CT prefabricado Rei das Tartas, con una potencia proyectada de 630 kVA y una potencia inicial de 250 kVA, en el cual se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección con fusibles, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmontaje de 50 metros en conductor RHZ1-150 mm.
– Finalidad de la instalación: nuevo suministro.
– Presupuesto: 175.360,39 euros.
– Documentación que se acompaña:
• Separata para el Ayuntamiento de Mondoñedo.
• Separata para Augas de Galicia.
• Separata para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería; el Decreto 49/2023, de 19 de mayo, por el que se modifica el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura órgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un técnico competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. Deberán cumplirse siempre las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.
Lugo, 22 de septiembre de 2023
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo