DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Miércoles, 13 de septiembre de 2023 Pág. 52576

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Coristanco (expediente IN407A 2023/117-1).

Expediente: IN407A 2023/117-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: ampliación de potencia CT Baiordo 15AKCY.

Ayuntamiento: Coristanco.

Hechos:

1. El día 7 de marzo de 2023 la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de dar respuesta a las nuevas demandas de energía en el lugar de Baiordo, ayuntamiento de Coristanco. Se proyecta la ampliación de potencia del centro de transformación de intemperie existente CT Baiordo (15AKCY, expediente IN407A 2016/2463-1), de 100 kVA de potencia, alimentado por la línea de distribución de media tensión LMT CBL805B, procedente de la subestación Carballo (expediente 11.303), instalando una máquina de 160 kVA.

Con arreglo al artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado ampliación de potencia CT Baiordo (15AKCY), firmado el 31 de enero de 2023 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial 2.980 de Vigo.

• Anexo 1: firmado el 16 de junio de 2023 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no se solicitó el preceptivo informe a ninguna Administración, organismo o, en su caso, empresa de servicio público o de servicio de interés general afectadas, ya que la empresa promotora no presentó separatas.

4. En fecha 22.8.2023 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; el Decreto 79/2023, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia; y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Características técnicas:

Las instalaciones se encuentran en el lugar de Baiordo, en el ayuntamiento de Coristanco.

– Substitución de trafo en CTI Baiordo (15AKCY, expediente IN407A 2016/2463-1) existente de 100 kVA, instalado en apoyo número 9UV5XHE2//41-A-12-CT existente de hormigón de la LMT CBL805B, procedente de la subestación Carballo (expediente 11.303), por uno de 160 kVA con una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 22 de agosto de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña