DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Jueves, 17 de agosto de 2023 Pág. 48789

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación T. End.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación T. End, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

Primero. El 2 de marzo de 2023, Gabriel Alberto Baltar Giraud, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Segundo. La Fundación T. End la constituyeron Carlos Martín Montañés y la entidad Zendal Health, S.A., representada por Andrés Fernández Álvarez-Santullano, mediante escritura pública otorgada el 11 de noviembre de 2022, ante el notario de Vigo (Pontevedra) José María Rueda Pérez, con el número de protocolo 3.082.

Tercero. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

Cuarto. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto «promover y desarrollar la investigación en la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas».

Quinto. El patronato inicial de la Fundación está formado por Carlos Martín Montañés, como presidente; Esteban Rodríguez Sánchez, como vicepresidente; la entidad Zendal Health, S.A., representada por Andrés Fernández Álvarez-Santullano, como secretario; y la entidad Biofabri, S.L., representada por Andrés Fernández Álvarez-Santullano, como vocal.

Sexto. La Comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes la propuesta de clasificación como de interés sanitario de la Fundación T. End, dado su objeto y finalidad, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y según establecen los artículos 47.2 de la citada ley, 51 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y 7 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, el protectorado será ejercido por el departamento de la Xunta que tenga atribuidas las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

Séptimo. De conformidad con la citada propuesta, mediante la Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, de 12 de julio de 2023 (DOG núm. 141, de 26 de julio), se clasificó de interés sanitario la Fundación T. End y se adscribió a la Consellería de Sanidad a efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 136/2019, de 10 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, corresponde a dicha consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación T. End, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia, de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

A la vista de lo que antecede, y teniendo en consideración lo establecido en la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego y en las demás normas de general y pertinente aplicación, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 136/2019, de 10 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación T. End.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en el Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, y en la demás normativa de aplicación, y, especialmente, a las obligaciones de dar publicidad suficiente de sus objetivos y actividades, de la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como a la de presentación anual de la documentación contable y del plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Sanidad.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2023

Natalia Lobato Mosquera
Secretaria general técnica de la Consellería de Sanidad