DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miércoles, 19 de julio de 2023 Pág. 44288

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (expediente IN407A 2023/045-3).

Examinado el expediente instruido a solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: LMT, CT, RBT San Cibrao das Viñas.

Situación: ayuntamiento de San Cibrao das Viñas.

Presupuesto: 123.330,90 €.

Características principales del proyecto que fue firmado el 28.8.2022 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado nº 2233 del Coeticor:

– Sustitución del apoyo existente núm. D219, del tipo 2-HV, del DC correspondiente a las líneas SCV804, CAS806 y BBA805, por un nuevo apoyo proyectado de celosía metálica, del tipo C-18/4500, en el que se instala un interruptor telecontrolado (ITC), retensando los conductores existentes LA-110 sobre el nuevo apoyo.

– LMT subterránea, a 20 kV, de 507 m de longitud, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1x240 mm2 Al, con origen en el apoyo D219 proyectado y final en el CT proyectado.

– CT proyectado, en edificio prefabricado, de tipo maniobra exterior, con transformador de 250 kVAs y RT 20.000/400 V.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 12.3.2023, que fue insertado en el DOG de 12.4.2023 y en el periódico La Región de Ourense de 19.4.2023. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el Portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no fueron presentadas alegaciones.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 27.4.2023 y en el TEU del BOE de 4.5.2023.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y las horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 23 de junio de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense