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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Miércoles, 28 de junio de 2023 Pág. 40265

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación, por parte de entidades sin ánimo de lucro, de mujeres que sufren violencia de género, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461B).

BDNS (Identif.): 705056.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención prevista en esta resolución:

a) Las entidades sin ánimo de lucro.

b) Las cooperativas sin ánimo de lucro según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 14/2011, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, que acrediten el cumplimiento de las previsiones de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, respecto de los topes máximos de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena.

2. Para ser beneficiarias, las entidades sin ánimo de lucro y las cooperativas sin ánimo de lucro deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

c) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la normativa general de subvenciones.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones destinadas a financiar la contratación, por parte de las entidades sin ánimo de lucro, de mujeres que sufren violencia de género, al amparo de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, hasta un máximo de doce (12) mensualidades para mejorar y facilitar su inserción laboral.

Por medio de esta convocatoria, las entidades tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación por cuenta ajena de mujeres que sufren violencia de género (código de procedimiento SI461B).

2. Su finalidad es contribuir a que las mujeres logren una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento, reforzando al mismo tiempo las posibilidades de una posterior inserción laboral estable, con el objetivo fundamental de lograr su plena integración en la vida económica y social.

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, la resultante de aplicar el método de costes simplificados calculado conforme a lo dispuesto en los artículos 53.1.b) y 53.3.a) i) del Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021. Este método de costes simplificados consiste en un coste unitario, en función del grupo de cotización en el que se encuentren las trabajadoras en cuestión, calculado como un múltiplo del IPREM más la cotización empresarial a la Seguridad Social, entre un máximo subvencionable de 2.763,60 euros/mes para los grupos de cotización 1 al 4, 1.842,40 euros/mes para los grupos de cotización 5 al 9, y 1.381,80 euros/mes para los grupos de cotización 10 y 11, durante doce (12) meses.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación, por parte de entidades sin ánimo de lucro, de mujeres que sufren violencia de género, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento SI461B).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de seiscientos mil euros (600.000,00 €).

Esta convocatoria estará cofinanciada en un 60 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027 en el objetivo político 4: Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales; prioridad 2: Inclusión social y lucha contra la pobreza; objetivo específico ESO4.8: Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos, y medida 2.H.01: Apoyo a la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de junio de 2023

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad