Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 23 de junio de 2023 Pág. 39488

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Betanzos (expediente IN407A 2022/274-1).

Expediente: IN407A 2022/274-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMT, CT, RBT, Guiliade.

Ayuntamiento: Betanzos.

Hechos:

1. El 12.9.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de dicha instalación de distribución eléctrica denominado LMT, CT, RBT, Guiliade.

Aportan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000 que contiene los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado LMT, CT, RBT, Guiliade, firmado por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.980 de Vigo, el 18.4.2022 con nº de visado 22200753 de 19.4.2022.

– Anexo, firmado por Victoriano, González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.980 de Vigo, el 1.6.2022.

– Anexo, firmado por Javier Fernández Pazos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 502 de Ourense, el 30.1.2023.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se les dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en la que la instalación hubiera a podido perjudicar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Betanzos, Augas de Galicia, Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI) y Fomento (Demarcación de Carreteras en Galicia).

UFD Distribución Electricidad, S.A. manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por AXI y Fomento (Carreteras). Con respecto al condicionado del ayuntamiento de Betanzos, este órgano no dio respuesta a la contestación de la promotora a su informe inicial, por lo que se entiende su aceptación del proyecto en base a lo dispuesto en el artículo 127.4 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

4. El 24.5.2023, se emite el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1) El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2) La legislación a aplicar en este expediente es la que se relaciona a continuación:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3) Las instalaciones se encuentran en lugar de Guiliade en la parroquia de Piadela, en el ayuntamiento de Betanzos, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS a 15 kV, de 408 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150) mm2 Al, con origen en PA/S proyectado en apoyo nº AN7LH6W7//17 existente de la LMT BEG703 (exped. 27.209), procedente de la subestación Bergondo, y remate en el CTC proyectado. El conductor discurrirá entubado por canalización bajo tierra y calzada.

– Retensado de tramo LMTA a 15 kV, de 271 m, conductor tipo LA-110 Al, con origen en apoyo nº AN5FECQ7//18 existente de la LMTA BEG703 y remate en apoyo nº ANAXXVW7//16 existente. Instalación de ITC en apoyo nº AN7LH6W7//17 existente tipo HV 1000/15.

– CT en lugar de Guiliade compacto prefabricado tipo rural fin de línea de maniobra exterior, con una potencia de 100 kVA, una relación de transformación de 15.000/400-230 V.

4) En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de dicha instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá aportar ante esta jefatura territorial una solicitud, a la cual unirá la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según a la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquiera otro recurso que consideren oportuno.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 30 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña