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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 23 de junio de 2023 Pág. 39459

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y se declaran, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, de unas instalaciones eléctricas en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (expediente IN407A 2023/021-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida de San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: reforma de la LMT CAS805-CAS806 entre los apoyos núm. D29 y núm. D34.

Situación: lugares de Santo Estevo y Frieira; ayuntamiento de Castrelo de Miño.

Presupuesto: 302.493,46 €.

Características principales del proyecto que fue firmado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado núm. 1534 del ICOIIG, el 3.11.2022:

– Instalación de dos nuevos apoyos proyectados, núm. D29 y núm. D34, de celosía metálica, del tipo C-16/7000, intercalados en la LMTA existente, doble circuito (DC) CAS805-CAS806, retensando los conductores existentes del tipo LA-110 sobre los apoyos proyectados.

– LMTS proyectada, a 20 kV, de 1.454 m de longitud, doble circuito (DC), en conductor RHZ1-2OL-12/20 kV, 3 (1x240 Al), con origen y final en los pasos A/S proyectados a realizar en los apoyos proyectados núm. D29 y núm. D34.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta jefatura territorial de 17.2.2023, que fue insertado en el DOG de 17.3.2023 y en el periódico La Región de Ourense de 14.3.2023. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el Portal de transparencia de esta vicepresidencia durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no fueron presentadas alegaciones.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 11.4.2023 y en el TEU del BOE de 17.4.2023.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y las horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 23 de mayo de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense