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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 19 de junio de 2023 Pág. 38357

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Láncara (expediente IN407A 2022/247-2).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: calle A Batundeira, 2, Velle (Ourense).

Denominación: adecuación CT Mouseiro-27C938 (Láncara).

Situación: ayuntamiento de Láncara.

Características técnicas principales:

• Sustitución del CT de caseta Mouseiro 50 kVA (27C938) (expediente 234/2016 AT) por un CT intemperie de 100 kVA, relación de transformación 20.000/400-230 V sobre apoyo de hormigón nº D76-97-19 de tipo HVH-13/1600 y demolición de la caseta del CT existente; se desmonta el vano de la línea de media tensión en LA-30 anterior al CT y se instala un seccionador XS sobre el apoyo nº D76-97-17.

Finalidad de la instalación: mejora de instalaciones.

Presupuesto: 21.643,16 euros.

Documentación que se adjunta:

• Separata para el Ayuntamiento de Láncara.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVE:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo llevar a cabo la dirección de obra un técnico competente.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que se mantendrán siempre las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. Se deberán cumplir en todo momento las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

En relación con la instalación de baja tensión, se deberá seguir lo dispuesto en el artículo 18 del Real decreto 842/2002 para su puesta en servicio, así como en su instrucción ITC-BT-04, debiendo aportar en su momento la documentación exigida con carácter previo a la puesta en servicio de la instalación, para a su revisión por esta Administración y posterior inscripción de la instalación en el correspondiente registro.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.

Lugo, 29 de mayo de 2023

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo