Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Jueves, 11 de mayo de 2023 Pág. 29464

III. Otras disposiciones

Universidad de A Coruña

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2023 por la que se publica la oferta de empleo público (OEP) del personal docente e investigador para el año 2023.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (BOE núm. 261, de 31.5.2015), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 (BOE núm. 308, de 24.12.2022), en los artículos 12 y 36.Uno de la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 (DOG núm. 248, de 30.12.2022), en el capítulo IV del título IX de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (BOE núm. 70, de 23.3.2023), así como en los estatutos de la Universidad de A Coruña, aprobados por Decreto 101/2004, de 13 de mayo (DOG núm. 100, de 26.5.2004) y modificados por Decreto 194/2007, de 11 de octubre (DOG núm. 201, de 17.10.2007) y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de febrero de 2023, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023 de plazas estables de personal docente e investigador de la Universidad de A Coruña, previa negociación con los órganos de representación del personal docente e investigador y una vez obtenida la autorización de la Consellería de Hacienda de la Xunta de Galicia, de 10 de marzo de 2023, tal y como se determina en el artículo 36.Uno de la Ley 6/2022,

RESUELVO:

Primero. Publicar la oferta de empleo público (OEP) del personal docente e investigador de la Universidad de A Coruña para el año 2023, en el anexo.

Segundo. En aplicación del artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022, dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los cuerpos de catedráticos/as de universidad y de profesores/as titulares de universidad y la categoría de profesores/as permanentes laborales, se destinan diez plazas (cuatro de profesores/as titulares de universidad y seis de profesores/as permanentes laborales) para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3), dentro del programa Ramón y Cajal. En caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros/as investigadores/as de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o hayan obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3).

Tercero. La Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, prevé la reserva de vacantes ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales a las definidas en el número 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (BOE núm. 289, de 3.12.2013), siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad, así como la compatibilidad en el desempeño de sus funciones.

Con respecto a la reserva de esta cuota para personas con discapacidad en la oferta de acceso libre, se reserva un número de plazas para personas con discapacidad general que se distribuirá según se establece en el anexo de plazas objeto de esta oferta.

Los sistemas de selección que se convoquen para personas con discapacidad se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 2271/200, de 3 de diciembre (BOE núm. 303, de 17.12.2004), por el que se regulan el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

En los concursos se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio (BOE núm. 140, de 13.6.2006), por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Las plazas reservadas para las personas con discapacidad general que queden desiertas en los procesos selectivos se podrán acumular al turno general.

Cuarto. Las convocatorias de los concursos de acceso derivados de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, para garantizar la publicidad exigida en los artículos 71 y 86 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Esta oferta de empleo incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, según se detalla en el anexo.

Esta oferta se realiza conforme a los requisitos establecidos en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023. El artículo 12.Tres de la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023, establece que la oferta pública de empleo se adaptará a los límites y a los restantes requisitos que se establezcan en la normativa básica estatal, así como a lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación. En consecuencia, esta oferta, en su caso, podrá modificarse para ajustarse a lo dispuesto en dicha normativa básica.

La OEP de las mencionadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de A Coruña, ni a los demás límites fijados en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril (BOE núm. 103, de 30.4.2012), de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

A Coruña, 3 de mayo de 2023

Julio Ernesto Abalde Alonso
Rector de la Universidad de A Coruña

ANEXO

Oferta de empleo público del personal docente e investigador
de la Universidad de A Coruña para el año 2023

1. Sistema de acceso libre.

1.1. Personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.

Cuerpo

Turno general

Discapacidad general

Número de plazas

Profesor/a titular de universidad

28

1

29

Cuatro de las plazas se reservarán para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3), dentro del programa Ramón y Cajal. En el caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros/as investigadores/as de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o hayan obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3).

1.2. Personal docente e investigador laboral.

Modalidad de contratación

Turno general

Discapacidad general

Número de plazas

Profesor/a permanente laboral

32

2

34

Seis de las plazas se reservarán para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3), dentro del programa Ramón y Cajal. En el caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros/as investigadores/as de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o hayan obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3).

2. Sistema de acceso promoción interna.

2.1. Personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, se incluyen en la OEP para el año 2023 las siguientes plazas por el procedimiento de promoción interna:

Cuerpo

Turno general

Discapacidad general

Número de plazas

Catedrático/a de universidad

10

1

11