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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Miércoles, 10 de mayo de 2023 Pág. 29200

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Guitiriz (expediente IN407A 2023/100-2).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Begasa.

Domicilio Social: calle Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.

Denominación: LAT 20 kV a CS Balneario.

Situación: ayuntamiento de Guitiriz.

Características técnicas:

• LMT subterránea a 20 kV CS Balneario, con origen en una conversión aérea a subterránea en el apoyo 2A87692 de la LAT 20 kV Begonte y final en una celda del nuevo CS Balneario de Guitiriz objeto de otro proyecto (expediente 49-2023 AT), con una longitud de 90 metros en conductor tipo HEPRZ1-150 mm.

• LMT subterránea a 20 kV Burela 1, con origen en una celda del CT 11468 Casilla y final en una celda del nuevo CS Balneario de Guitiriz objeto de otro proyecto (expediente 49-2023 AT), en conductor tipo RHZ1-150 mm existente desplazado.

Finalidad de la instalación: nuevo suministro.

Presupuesto: 13.708,09 euros.

Documentación que se acompaña:

• Separata para el Ayuntamiento de Guitiriz.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVE:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, y la dirección de obra deberá ser realizada por técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 28 de abril de 2023

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo