Expediente: IN407A 2022/361-1.
Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: instalación de telecontrol en LMT VIM-802-apoyo 9KIJX13F//64-20-39.
Ayuntamiento: Zas.
1. Características técnicas:
Modificación, sin alterar su actual trazado, del tramo de la línea VIM-802 autorizado en el expediente 34.857, de 357,7 metros de longitud en conductor tipo LA-30, comprendido entre sus apoyos nº 64-20-37 (matrícula: 9KJ8EAFX) de hormigón tipo S-AL-HV-250/12-B2-CSRI y nº 64-20-40 (matrícula: 9KI5PL7V) de hormigón tipo S-AL-HV-250/14-B2-CSRI, consistente en:
– Sustitución, respetando su actual emplazamiento en la parcela con referencia catastral 15094A019002760000TU con un ligero desplazamiento hacia el apoyo nº 64-20-37, del apoyo nº 64-20-38 (matrícula: 9KIS6UK6) de hormigón tipo S-HV-250/12-B1-CSRI, por el nuevo apoyo metálico tipo celosía AC-C-1000/14-H35-CA(CS).
– Sustitución, respetando su actual emplazamiento en la parcela con referencia catastral 15094A019002950000TO con un ligero desplazamiento hacia el apoyo nº 64-20-40, del apoyo nº 64-20-39 (matrícula: 9KIJX13F) de hormigón tipo AM-HV-250/12-B2-CAI, por el nuevo apoyo metálico tipo celosía AC-C-2000/14-H35-CA(CS) en el que proyecta la instalación de un reconectador telecontrolado compuesto por un equipo interruptor con cámara aislada en SF6 y un armario de control.
– Instalación, tras la retirada del conductor LA-30 existente, de nuevo conductor tipo LA-56 en el nuevo vano de 95,1 metros de longitud que se formará entre los nuevos apoyos nº 64-20-38 y nº 64-20-39 proyectados.
– Retensado del conductor tipo LA-30 (conductor existente) en el vano de la línea VIM-802 de 126,6 metros de longitud comprendido entre el apoyo nº 64-20-37 existente y el nuevo apoyo nº 64-20-38 proyectado.
– Retensado del conductor tipo LA-30 (conductor existente) en el vano de la línea VIM-802 de 136 metros de longitud comprendido entre el nuevo apoyo nº 64-20-39 proyectado y el apoyo nº 64-20-40 existente.
2. Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se adjunta a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el Ayuntamiento. Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos, sobre los bienes afectados que hayan sido omitidos.
Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación:
https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte
A Coruña, 14 de abril de 2023
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña