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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 4 de abril de 2023 Pág. 22213

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2022/373-4).

Expediente: IN407A 2022/373-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTA y soterramiento de la LMT TRO703 entre el CT Sampaio y el apoyo A0NEBGQ4//19.

Situación: Vigo.

Hechos:

Primero. El 29 de septiembre de 2022, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada LMTA y soterramiento de la LMT TRO703 entre el CT Sampaio y el apoyo A0NEBGQ4//19.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad realizar obras de reglamentación de la línea TRO703 a través del desmontaje del tramo de línea aérea de media tensión entre el apoyo A0NEBGQ4//19 y el CT Sampaio (36C969) y la instalación de 381 metros de línea de media tensión subterránea. A consecuencia del desmantelamiento del tramo se retiran cuatro apoyos y se sustituye el apoyo A0NEBGQ4//19 por uno de tipo celosía C-2000/14, así como se sustituye 32 metros de conductor desde el apoyo proyectado hasta el apoyo A0NRRFOC//20. Las actuaciones están prevista en la calle Areeiro, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Vigo y la Demarcación de Carreteras del Estado. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos.

Tercero. Mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia de 27 de octubre de 2022 y en Boletín Oficial del Estado de 5 de noviembre de 2022, esta jefatura territorial notificó la solicitud de la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la referida instalación eléctrica a la persona afectada por la declaración de utilidad pública según la relación de bienes y derechos presentada por la empresa promotora.

Cuarto. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 11 de octubre de 2022, publicada en los siguientes medios:

– DOG (Diario Oficial de Galicia): 3 de noviembre de 2022.

– Periódico Faro de Vigo: 21 de octubre de 2022.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo.

Durante el mencionado trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

Tercera. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión aérea (LMTA), a 15 kV, con conductor tipo LA-56, de 32 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000-14 A0NEBGQ4//19 en la LMTA TRO703 y final en el apoyo existente A0NRRF0C//20. Línea de media tensión subterránea (LMTS), a 15 kV, con conductor RHZ1, de 381 metros de longitud, con origen en el centro de transformación Sampaio 36C969 y final en el paso aéreo subterráneo en el apoyo proyectado C-2000-14 A0NEBGQ4//19 en la LMTA TRO703. La instalación está situada en la calle Areeiro, Vigo (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

Resuelvo:

Primero. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTA y soterramiento de la LMT TRO703 entre el CT Sampaio y el apoyo A0NEBGQ4//19 (expediente IN407A 2022/373-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 13 de marzo de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra