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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 21 de marzo de 2023 Pág. 19344

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 14 de marzo de 2023 por la que se extingue, de oficio, la autorización del centro privado Forhermo de Santiago de Compostela, por cese de las actividades docentes.

Mediante la Orden de 15 de julio de 2003, publicada en el DOG núm. 148, de 1 de agosto, se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado (CPR) Forhermo de Santiago de Compostela para impartir el ciclo formativo de grado medio de peluquería; y, por Orden de 19 de julio de 2005, publicada en el DOG núm. 163, de 25 de agosto, se autoriza al centro privado (CPR) Forhermo para impartir el ciclo formativo de grado medio de estética.

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos incoa el expediente de extinción de la autorización del centro docente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Extinción de la autorización

Extinguir, de oficio, por cese en sus actividades docentes, la autorización del centro privado Forhermo de Santiago de Compostela, código 15032340, con efectos del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 2. Inscripción en el registro de centros

La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2023

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades