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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Viernes, 3 de marzo de 2023 Pág. 16179

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 2 de marzo de 2023 por la que se determinan los servicios mínimos de la Corporación Radio e Televisión de Galicia, S.A. dirigidos a garantizar los servicios esenciales ante la convocatoria de huelga del día 6 de marzo de 2023 en los centros de trabajo de la Corporación Radio e Televisión de Galicia.

El Comité Intercentros de la Corporación Radio e Televisión de Galicia, S.A. (CRTVG) comunicó convocatoria de huelga que afecta a todos los trabajadores y trabajadoras de la Corporación en los centros de trabajo: San Marcos (Santiago de Compostela), Delegación de A Coruña, Delegación de Vigo, Delegación de Ourense y Delegación de Lugo. Esta convocatoria de huelga se desarrollará el lunes 6 de marzo con una duración de 24 horas.

Desde la CRTVG se establecen servicios mínimos respecto de los sectores y actividades cuya regulación y competencia pueden afectar al desarrollo ordinario de la actividad ciudadana, en el sentido del artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio, sobre prestaciones de servicios esenciales en el caso de huelga del personal al servicio de la Administración autonómica, es decir, sanidad, seguridad, protección civil, transportes y comunicaciones, medios de comunicación social, registros públicos, edificios, bienes e instalaciones públicas, asistencia social y educación, servicios de vigilancia y extinción de incendios y bomberos.

La fijación de los servicios mínimos adoptados en la CRTVG se justifica en base a las siguientes circunstancias:

1. El carácter esencial que revisten los servicios de comunicación audiovisual, no solo por la determinación expresa del legislador (Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia), sino también por su incidencia en el ejercicio de los derechos fundamentales a comunicar y recibir información veraz por cualquier medio de difusión (artículo 20.1.d) de la CE ); la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, reserva por norma el carácter de servicio esencial para el servicio público de comunicación audiovisual.

La condición de «servicio esencial», distinto de este último de «servicios de interés general», se reserva en la actualidad para el servicio público de comunicación audiovisual (artículo 40 de la Ley 7/2010), esto es, para aquellos servicios de comunicación audiovisual que son de titularidad pública.

En plena concordancia con lo indicado, la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, establece que el servicio público de radio y televisión de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia es un «servicio esencial» para la comunidad.

En consecuencia, concurren en el presente caso los presupuestos normativos establecidos en el artículo 10 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, tan solo a aquellas huelgas que son declaradas en empresas encargadas de la prestación de «cualquier género de servicios públicos» o de «reconocida e inaplazable necesidad».

La manera en el que pueden imponerse medidas limitadoras se compone de dos elementos: uno, la calificación del servicio («servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad»), y otro, de carácter circunstancial («y concurran circunstancias de especial gravedad»), que debe concurrir en ambos términos de la alternativa del primer elemento. No basta así con la calificación del servicio para justificar las medidas limitativas, sino que estas, en su caso, deben ajustarse a las circunstancias, que deben ser no solo graves, sino de especial gravedad, como la urgencia de no asegurar la emisión y la comunicación informativa relevante cuando es el único medio audiovisual de titularidad pública de Galicia.

2. La procedencia de precisar, dentro de la total extensión de la prestación de estos servicios públicos esenciales, y aplicando un criterio lo más estricto posible, aquellos aspectos cuyo mantenimiento debe considerarse indispensable con la finalidad de asegurar la satisfacción del interés público afectado, de aquellos otros aspectos que pueden quedar suspendidos temporalmente como consecuencia de la huelga, sin merma del interés general de la comunidad.

La consideración de un servicio como esencial no puede suponer la supresión del derecho de huelga de los trabajadores/as que tuvieran que prestarlo, sino la necesidad de disponer de las medidas necesarias para su mantenimiento o, dicho de otra forma, para asegurar la prestación de los trabajos que sean necesarios para la cobertura mínima de los derechos, libertades o bienes que satisface dicho servicio, sin que exija alcanzar el nivel de rendimiento habitual ni asegurar su funcionamiento normal.

Al hilo de este interés público indispensable de carácter informativo, que dota a la Corporación RTVG de la calificación del servicio esencial, entra a la hora de la determinación de estos servicios mínimos la proporcionalidad, eligiendo tan solo el mínimo esencial para asegurar la emisión de los canales de comunicación y la retransmisión de la información de carácter esencial.

Esta proporcionalidad se pone de manifiesto con la propia cuantificación de estos efectivos mínimos. El personal con horario habitual de trabajo un día entre semana comparable de programación ordinaria en la actualidad es de unos 673 efectivos y el personal que atiende a las tareas cualificadas como servicios mínimos es de 144 efectivos.

En consecuencia, se estima necesario:

A. Garantizar la producción y emisión de los programas informativos, que son considerados imprescindibles para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales de información a la comunidad.

La «programación informativa» que sea establecida con dicho carácter de servicio esencial exigirá que queden debidamente expresadas o identificadas las siguientes circunstancias o datos, de forma que demuestren en dicha «programación informativa» el cumplimiento de estas dos exigencias que siguen:

– Por un lado, su «necesidad» para garantizar, en el mínimo que resulta exigible, los derechos fundamentales de libertad de expresión y de información del artículo 20 de la Constitución; en este sentido, los efectivos que se presentan en esta resolución hacen referencia a los mínimos indispensables para asegurar la emisión, producción y continuidad de los espacios considerados de contenido informativo esencial. En servicios mínimos se encuentran los efectivos precisos para la emisión de las noticias esenciales, de relevancia, o que precisen inmediatez y con valor informativo. El número de efectivos se determina para una duración inferior a la habitual de estos espacios informativos, por lo que en el caso de asistencia a la huelga de la totalidad de la plantilla se garantice esta duración reducida como información esencial.

En concreto, en la programación actual de los medios de comunicación que conforman la Corporación:

• En la Televisión de Galicia:

- «Bos días», espacio informativo matinal diario de lunes a viernes. Se trata de un espacio que es el primer avance del día de noticias a los gallegos/as.

- «Galicia Noticias», informativo de proximidad comarcal y local que tiene una importancia estructural con atención informativa diferenciada y la referencia en el ámbito comarcal.

- «Telexornal 1», espacio informativo de actualidad en Galicia, España y el mundo, es el informativo de referencia en Galicia.

- «Telexornal 2», espacio informativo de actualidad en Galicia, España y el mundo; actualiza y repasa la información de la jornada.

• En la Radio Galega:

-«Galicia por Diante», espacio matinal radiofónico en el que se tratan contenidos informativos y de actualidad.

-«A Crónica das 14.00», espacio informativo del mediodía.

-«A Crónica das 20.00», espacio informativo de noche.

- Los boletines horarios, pequeños espacios de unos 4 minutos a lo largo del día que se mantienen como información mínima.

La convocatoria de servicios mínimos permite la elaboración de estos espacios informativos en la TVG y en la Radio Galega, y su duración será determinada por el seguimiento de la huelga por parte del personal.

• En el canal G2, la redifusión de los espacios informativos mínimos del primer canal con posterioridad a su emisión. Al ser una redifusión, no necesita efectivos en servicios mínimos para la creación de dicho contenido, pero sí para la parte de emisión técnica.

• En los canales digitales, que en los últimos años se convirtieron en el modo de acceso a la información de parte importante de la población más joven, se dispondrá de un mínimo para actualizar en los portales informativos la información de carácter esencial en la jornada.

• Los programas no informativos, directos o grabados, no se dotan de servicios mínimos, así como tampoco están en servicios mínimos las informaciones de deportes o del tiempo; en cambio sí podría estar la información meteorológica en caso de que en la jornada de huelga se torne una información relevante. Cuando no sea posible la emisión de un espacio por el seguimiento de la huelga, se emitirá en redifusión un programa ya emitido con anterioridad.

– Y, por otro, su «proporcionalidad», esto es, que la actividad informativa mantenida como servicio mínimo comporta una disminución no solo de la total actividad televisiva o radiofónica de cualquier clase de contenido que es desarrollada en circunstancias de normalidad, sino también en una apreciable reducción de la actividad audiovisual que es realizada en esas mismas circunstancias de normalidad. La afectación de la huelga será más o menos visible en función del seguimiento por parte del personal.

Con estas dos consideraciones, la decisión en relación con la huelga convocada de, en el caso de seguimiento mayoritario de la huelga, reducción de los programas informativos mencionados y la supresión de otros de carácter inminentemente informativo y de actualidad, se producirá una disminución de la actividad informativa habitual, proporcionando una visibilidad notable del seguimiento de la huelga y produciéndose una variación total de la programación habitual diaria en el caso de alto seguimiento.

Como norma general, en cuanto al número concreto de efectivos en cada una de las unidades orgánicas que conforman la Corporación, se convocó en servicios mínimos un efectivo por categoría profesional necesario para la ejecución de las tareas que hacen posible la emisión, soporte y la creación informativa considerada de carácter esencial por cada turno de trabajo (mañana, tarde y noche), a excepción de determinadas categorías profesionales que, por su relevancia en los servicios informativos o las tareas específicas a desenvolver, necesitan de más de un profesional para garantizar la cobertura esencial informativa y técnica.

Estos casos excepcionales concretos son:

1. Informadores de la TVG en San Marcos: incluye personal de las categorías profesionales redactores, locutores de la TVG y de la RG y auxiliares de redacción, necesarios para sacar adelante la información de carácter esencial de la jornada en los turnos de mañana, tarde y noche, que son:

a. «Bos días»: el programa informativo de la mañana en su franja informativa necesita el trabajo de un redactor/a y de la presentadora habitual en servicios mínimos para actualizar las noticias del primer espacio informativo de referencia en el día en la TVG.

b. «Galicia Noticias»: la comunicación de proximidad y, en concreto, la que utiliza la comarca como unidad de referencia, tiene una importancia estructural en Galicia. Se trata del informativo líder en su franja en la Comunidad Autónoma y, por ser el único en Galicia que transmite esta información frente al ámbito más generalista de otros formatos, «Galicia Noticias» tiene un interés real y expreso en apartarse del partidismo y propiciar la participación ciudadana centrándose en el ámbito social e informativo de la comunidad.

En este sentido, son necesarios 2 redactores de turno de mañana para poder realizar esta aproximación a la información local de la comunidad gallega; el presentador de este espacio no está en mínimos.

c. «Telexornal 1»: el espacio de referencia informativa en Galicia. Para desarrollar la información esencial de carácter prioritario para la comunidad necesita 4 informadores/as en la redacción y 2 en exteriores para las coberturas que se hagan necesarias a lo largo de la mañana.

d. «Telexornal 2»: la actualización informativa de última hora por la peculiaridad de este espacio necesita un equipo mínimo de 5 informadores/as en redacción y 1 en exteriores del turno de tarde.

e. En cada uno de los centros de trabajo se convoca en servicios mínimos a un informador/a por turno, es decir, uno de mañana y otro de tarde, para garantizar la cobertura básica informativa de cada una de las áreas geográficas: Lugo, Ourense, A Coruña-Ferrol y Pontevedra-Vigo.

Además, los informadores/as van acompañados para las coberturas por reporteros gráficos que toman la imagen y el sonido, con el fin de elaborar las piezas informativas para alimentar estos programas. Para cubrir estas informaciones de lunes a viernes, trabajando en conjunto con los informadores/as, son necesarios 7 reporteros gráficos (6 de mañana y 1 de tarde) en el centro de trabajo de San Marcos y uno por turno (mañana y tarde) en cada delegación (A Coruña, Vigo, Ourense y Lugo).

La parte de documentación y archivo es necesaria para poder ilustrar la información esencial que pueda cubrirse en la jornada de huelga. Para ello, los trabajadores/as convocados tienen que cubrir el horario de atención y producción de los informativos para garantizar las validaciones y peticiones de los redactores/as sobre el sistema de gestión del archivo (tedial). Es necesaria la convocatoria de dos documentalistas en el turno de mañana y uno en el turno de tarde para cubrir la totalidad de la franja horaria de producción y emisión de los espacios informativos esenciales mencionados.

2. Informadores/as de la Radio Galega en San Marcos: los redactores/as, locutores/as de radio o auxiliares de redacción necesarios para sacar adelante los programas informativos de carácter esencial de la mañana, el mediodía y la noche de un día de semana son:

a. «Galicia por Diante»: es necesario convocar al coordinador del turno de madrugada que pone en marcha el servicio mínimo informativo de este formato.

b. Boletines horarios informativos: es necesario convocar a 3 informadores/as (uno por cada turno: mañana, tarde y noche) para poder preparar y locutar los boletines informativos para garantizar la pieza emitida cada hora que incluyen la información básica de servicio público.

c. «A Crónica das 14.00»: es el programa informativo del mediodía en la Radio Galega, que necesita para su emisión convocar a la coordinadora y presentadora, y a un informador para la elaboración de las noticias.

d. «A Crónica das 20.00»: es el programa informativo de la tarde en la Radio Galega, que precisa para su emisión convocar al coordinador del mismo y presentador, y a un informador para la elaboración de las noticias.

e. En cada una das delegaciones se convoca en servicios mínimos a un informador para garantizar la cobertura básica de cada una de las áreas geográficas: Lugo, Ourense, A Coruña-Ferrol y Pontevedra-Vigo.

3. La realización del contenido informativo descrito precisa un soporte tecnológico de medios de producción, tanto en la TVG como en la Radio Galega, para poder emitir. Con carácter general, se convoca a un efectivo de cada una de las categorías profesionales de ámbito tecnológico o técnico por cada uno de los turnos, a excepción de lo que se explica más adelante.

En esta convocatoria de servicios mínimos, y con el propósito de asegurar la emisión de los informativos y tan solo la cobertura de la información esencial del día, los medios técnicos precisos para ello se ven reducidos para prescindir de ciertos efectivos que aportan calidad y profesionalidad al formato, previendo que con los efectivos convocados en servicios mínimos se haga un formato de los programas informativos considerados esenciales más sencillo que el habitual.

Por lo cual se precisa:

a. TVG: para la ejecución de los servicios informativos mínimos establecidos es preciso disponer de un plató con medios técnicos y efectivos para asegurar la grabación, producción, iluminación, fondos y rótulos de las noticias, el sonido, la realización y además parte técnica de producción informativa. Por tanto, se precisa por lo menos un efectivo por categoría profesional y turnos de estos profesionales que aseguran la producción.

Los casos concretos de colectivos que precisan convocar a más de un efectivo por turno obedecen a que:

En el área de grafismo es preciso disponer del personal necesario para el cumplimiento de las directrices legales en día de huelga y no modificar las funciones habituales de cada trabajador/a. En el servicio de grafismo existen además dos ubicaciones: la denominada «librería», donde se ejecuta la ingesta de gráficos, y el control, que lanza los gráficos en los directos. Sin estas figuras trabajando simultáneamente en localizaciones separadas y con diferentes tareas no sería posible lanzar titulares o rótulos durante los programas informativos. Por tanto, se precisa convocar a 4 trabajadores entre los turnos para poder asumir estas funciones esenciales.

En el área de producción, los trabajadores/as convocados en servicios mínimos hacen las labores de producción esenciales para la emisión de los programas informativos, como vías, señales, permisos, descargas, escaleta de producción, etc. En concreto, los 3 efectivos del turno de mañana están asignados a: coordinar el informativo del programa «Bos Días», la coordinación de las salidas de los reporteros gráficos y la coordinación del informativo «Telexornal 1». El personal de producción convocado en el turno de tarde es el responsable de esta tarea en el «Telexornal 2».

Lo mismo ocurre con el colectivo de los realizadores y ayudantes de realización (el necesario y las tareas de un realizador y de los ayudantes por cada programa informativo). En la mañana son precisos los realizadores habituales del «Bos Días», del «Galicia Noticias» y del «Telexornal 1», y en tarde el de «Telexornal 2», con sus ayudantes de realización correspondientes que asumen sus funciones habituales cada uno en el programa en el que está asignado.

Los colectivos de los operadores montadores de vídeo se especializaron tras el proceso de digitalización de la TVG. Los operadores de PAM son los que atienden específicamente las señales y directos que se graban para los informativos, y es habitual que entren hasta 7-8 señales en simultáneo, por lo que son precisos 2 operadores de PAM por turno para el control y el envío. Los operadores de MAM trabajan con el departamento de documentación preparando el material que les solicita informativos y haciendo la ingesta de materiales externos. Son precisos dos efectivos en el turno de mañana para poder atender las piezas de los informativos y uno en la tarde. Los operadores de media son los gestores del sistema de producción de entradas y envío al control de las piezas de los informativos; son precisos 2 efectivos por turno para poder mantener los flujos de producción. Además, se precisan para la correcta edición de las piezas informativas un operador de posproducción por turno y un operador montador de vídeo en cada uno de los centros de trabajo.

b. Radio Galega: en la radio, la parte técnica de los informativos la realiza la categoría profesional de los técnicos de control. La Radio Galega, para poder emitir, tiene que tener las 24 horas al menos un técnico de control; debido a los horarios asignados a los técnicos es preciso convocar a 4 efectivos para cubrir la emisión de la jornada (noche, mañana y tarde), ya que si no quedaría desprovista sin técnico alguna franja horaria, y otro técnico más para atender durante la mañana las grabaciones y ediciones de los cortes de las noticias de los servicios informativos.

B. Asegurar la continuidad de las emisiones radiofónicas y televisivas, con el objeto de que por razones de máxima urgencia y necesidad deba cubrirse algún acontecimiento de actualidad que por su urgencia obligue a su cobertura con mayor agilidad posible. Tal garantía exige del personal necesario de emisiones y continuidad, y que se establezcan los servicios mínimos en la parte técnica para la eventual cobertura ante incidencias de cualquier ámbito.

En este sentido, el soporte y mantenimiento de las emisiones incluye efectivos de los departamentos de:

– Continuidad: en esta área crítica para la retransmisión televisiva se establecen dos operadores de continuidad de forma permanente necesarios para poder ajustar las redifusiones y programas de la TVG, tanto los previstos como las variaciones que se tengan que hacer durante el día por posibles efectos del seguimiento de la huelga, y también atender las redifusiones de los espacios considerados de información esencial en el canal G2. Debido a los horarios asignados a cada trabajador/a, es preciso convocar a 7 efectivos para hacer esta cobertura con 2 operadores de continuidad y no dejar horarios desprovistos, ya que la asignación de turnos lo hace así necesario.

– Emisiones: es preciso un mínimo de 3 trabajadores/as durante la jornada, ya que cada uno de ellos tienen asignadas funciones y el control de la emisión de cada una de las cadenas en las que se retransmite el contenido informativo esencial como responsables de la elaboración del minutado, la segmentación y la comprobación técnica de la parrilla para emitir sin incidencia.

– Operaciones, emisiones y mantenimiento técnico: en la parte del control central, el núcleo donde se hace el control de las señales, es preciso tener un técnico electrónico por turno para cubrir las franjas de emisión de los programas informativos de información esencial. En el área de explotación, que es operaciones técnicas, es imprescindible la presencia de 2 técnicos por turno, ya que es un servicio que tiene que estar cubierto 24 horas para la emisión y los técnicos tienen que atender 2 salas de trabajo diferentes para mantener las máquinas en uso y poder dar soporte a las consolas de mezcla en los controles y los dispositivos electrónicos: la de operaciones técnicas y la sala rac.

Existen además otras áreas que son precisas para dar soporte en caso de incidencias a cada uno de los departamentos, son los servicios generales:

– Servicio de sistemas: donde es fundamental dar un soporte informático al personal. Tras el proceso de digitalización en la TVG todos los flujos de trabajo y herramientas cambiaron para adaptar el trabajo al nuevo sistema digital. Este trabajo de dar soporte es clave en este momento, ya que la plataforma de digitalización aún se está estabilizando y es preciso un servicio de apoyo a los/las trabajadores/as ante cualquier incidencia técnica que les impida realizar sus tareas.

– El Grupo Soporte es una unidad dependiente del servicio de sistemas. Es una unidad de soporte tecnológico de la plataforma digital de la TVG, cualquier incidencia en este aspecto tiene que ser solventada para la correcta emisión en la televisión. Es una unidad de soporte crítica que resuelve las incidencias de la redacción de informativos. Por la mañana, que es el turno de mayor producción informativa, son precisos 2 efectivos para poder garantizar la resolución en tiempo de las casuísticas técnicas habituales de la plataforma digital en la CRTVG.

– Instalaciones y almacenes: asimismo, es preciso tener un almacenista por turno para poder abrir los almacenes de cámaras y material técnico para poder suministrar los equipos precisos para desarrollar el trabajo al resto de trabajadores/as en servicios mínimos.

– Mantenimiento: el personal de este departamento, entre otras tareas, atiende incidencias relacionadas con la electricidad, ya que el mantenimiento de la instalación eléctrica de alta y baja tensión de la CRTVG es imprescindible para garantizar la emisión en caso de incidencia en cada uno de los turnos (mañana, tarde y noche), o tareas propias de mantenimiento para resolver cualquier incidencia.

C. La consideración de la extensión geográfica y temporal de la convocatoria de huelga que afecta a la gestión de los servicios públicos esenciales de radiodifusión sonora y televisión de Galicia.

En la adopción de tales medidas que garantizan el mantenimiento de los servicios se debe ponderar la extensión territorial y personal, la duración prevista y las demás circunstancias concurrentes en la huelga, así como las concretas necesidades de servicio y la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que aquella repercute.

La CRTVG es el único medio de comunicación audiovisual de carácter público con cobertura autonómica, por lo tanto, el único medio con la obligación y posibilidad de asegurar este servicio informativo esencial.

La duración temporal de la convocatoria de huelga afecta a todos/as los/las trabajadores/as en todos los turnos, lo que obliga a convocar en servicios mínimos a personal de diferentes turnos (mañana, tarde, noche) para cubrir una misma tarea o cobertura técnica. La convocatoria en servicios mínimos se efectúa de forma que no suponga cambio de horario, de funciones, tareas habituales y otras circunstancias del personal. Podría darse la circunstancia de que, por cuestiones organizativas o por ausencias justificadas del personal, el personal asignado en servicios mínimos no coincida exactamente con la categoría profesional asignada o sustituya la función esencial descrita de una ausencia justificada.

En consecuencia, de acuerdo con la normativa citada y con los argumentos expuestos, en virtud de las facultades que me confieren el Decreto 117/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes; el Decreto 58/2022, de 15 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y el Decreto 60/2022, de 15 de mayo, por el que se nombran los titulares de las vicepresidencias y consellerías de la Xunta de Galicia, y oído el Comité de Huelga,

DISPONGO:

Artículo 1

1. La convocatoria de huelga se desarrollará el lunes 6 de marzo de 2023 con una duración de 24 horas.

2. Tendrán la consideración de servicios mínimos los que se relacionan en el anexo de la presente orden.

Artículo 2

El personal necesario para la cobertura de los servicios mínimos deberá ser publicado en los tablones de anuncios con antelación suficiente. La designación nominal de los efectivos que deben cubrir los servicios mínimos será realizada por los empleadores y notificada al personal designado.

Disposición final

Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes

ANEXO

I. INFORMATIVOS:

I.I Documentación y archivo:

2 documentalistas de mañana y 1 de tarde

I.II Redacción de la Radio Galega (redactores/as, locutores/as y auxiliares de redacción)

2 informadores/as de noche, 3 de mañana y 2 de tarde en San Marcos

1 informador/a de mañana en la Delegación de A Coruña

1 informador/a de mañana en la Delegación de Lugo

1 informador/a de mañana en la Delegación de Ourense

1 informador/a de mañana en la Delegación de Vigo

I.III Redacción de la Televisión de Galicia (redactores/as, locutores/as y auxiliares de redacción)

10 informadores/as de mañana y 6 de tarde en San Marcos

1 informador/a de mañana en la Delegación de Madrid

1 informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de A Coruña

1 informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Ourense

1 informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Vigo

1 informador/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Lugo

I.IV Reporteros/as gráficos/as:

6 reporteros/as gráficos/as de mañana y 1 de tarde en San Marcos

1 reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de A Coruña

1 reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Vigo

1 reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Ourense

1 reportero/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde en la Delegación de Lugo

I.V Tiempo real:

1 informador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI Medios de producción:

I.VI.I Cámaras:

1 cámara de primera de mañana y 1 de tarde

1 control de cámara de mañana y 1 de tarde

I.VI.II Grafismo:

1 diseñador/a gráfico/a de mañana y 1 de tarde

3 grafistas-tituladores/as de mañana y 1 de tarde

I.VI.III Iluminación:

1 técnico/a de iluminación de mañana y 1 de tarde

1 iluminador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI.IV Maquillaje:

1 maquillador/a de mañana y 1 de tarde

I.VI.V Producción:

3 personal de producción de mañana y 1 de tarde

I.VI.VI Realización:

2 realizadores/as de mañana y 1 de tarde

6 ayudantes/as de realización de mañana y 3 de tarde

I.VI.VII Sonido:

1 técnico/a de sonido de mañana y 1 de tarde

1 operador/a productor/a de sonido de mañana y 1 de tarde

I.VI.VIII Operadores/as de vídeo:

1 operador/a de posproducción de mañana y 1 operador montador de vídeo de tarde

2 operadores/as montadores/as de vídeo de ingesta PAM de mañana y 2 de tarde

2 operadores/as montadores/as de vídeo de ingesta MAM de mañana y 1 de tarde

2 operadores/as montador/a de vídeo de media de mañana y 2 de tarde

1 operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de A Coruña

1 operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de Lugo

1 operador/a montador/a de vídeo de tarde en la Delegación de Vigo

1 operador/a montador/a de vídeo de mañana en la Delegación de Ourense

I.VI.IX Mantenimiento:

1 ayudante de mantenimiento de mañana y 1 de tarde

II. SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LAS EMISIONES:

II.I Soporte y mantenimiento de las emisiones:

II.I.I Continuidad:

1 operador/a de continuidad de noche, 3 de mañana y 3 de tarde

II.I.II Emisiones:

1 productor/a de mañana, 1 ayudante de producción de mañana y 1 redactor/a de mañana

II.II Grupo soporte:

1 operador/a de soporte de noche, 2 de mañana y 1 de tarde

II.III Medios RG:

1 técnico/a de control de noche, 3 de mañana y 1 de tarde

II.IV Operaciones, emisiones y mantenimiento técnico:

1 técnico/a electrónico/a de noche, 3 de mañana y 3 de tarde

II.V Instalaciones:

1 electricista de noche, 1 de mañana y 1 de tarde

1 almacenista de tarde

1 ayudante/a de mantenimiento de mañana

II.VI Servicio de sistemas:

1 analista-programador/a de mañana

1 técnico de sistemas de tarde