Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 19, del día 27 de enero de 2023, es necesario realizar las siguientes correcciones:
En la página 9533, en la parte expositiva, donde dice:
«El Gobierno español elaboró el Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión del día 31.8.2022. Este plan incluye, entre otras, las siguientes intervenciones:
– 6842.1. Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
– 6842.2. Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios», debe decir:
«El Gobierno español elaboró el Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión del día 31.8.2022. Este plan incluye, entre otras, la siguiente intervención:
– 6842.2. Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios».
En la página 9537, en el artículo 4. Subvenciones, donde dice:
«4. Asimismo, el importe de la subvención o subvenciones concedidas a un mismo beneficiario no será superior a 3.000.000 € cuando la inversión total subvencionable no supere el importe de 15.000.000 €, y no será superior a 5.000.000 € cuando la inversión total subvencionable sea de 15.000.000 € o mayor.», debe decir:
«4. Asimismo, el importe de la subvención o subvenciones concedidas a un mismo beneficiario no será superior a 3.000.000 € cuando la inversión total subvencionable no supere el importe de 15.000.000 €, y no será superior a 5.000.000 € cuando la inversión total subvencionable sea superior a 15.000.000 €».
En la página 9552, en el apartado b) del artículo 11.3, donde dice:
«b) Anexo A2 de memoria cubierto adecuadamente, y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 10.», debe decir:
«b) Anexo A2 de memoria cumplimentado adecuadamente, y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 9».
En la página 9554, en el artículo 12, donde dice:
«Las solicitudes de estas características serán resueltas en tercer lugar hasta el importe máximo indicado del 5 % del presupuesto total disponible», debe decir:
«Las solicitudes de estas características serán resueltas en segundo lugar hasta el importe máximo indicado del 5 % del presupuesto total disponible».