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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Viernes, 3 de febrero de 2023 Pág. 11131

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 23 de enero de 2023 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Isidoro Millán González Pardo, III Conde de Quirós.

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Isidoro Millán González Pardo, III Conde de Quirós, con domicilio en la avenida de A Coruña, número 6, en Santiago de Compostela (A Coruña).

Hechos:

1. El 22 de noviembre de 2022, Sandra Munín Mosquera, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Isidoro Millán González Pardo, III Conde de Quirós, la constituyeron Rosina Otero Abalo y Ricardo García-Borregón Millán, mediante escritura pública otorgada el 13 de octubre de 2022, ante el notario de Santiago de Compostela (A Coruña) Francisco López Moledo, con número de protocolo 3.216.

3. La Fundación, según el artículo 4 de sus estatutos, tiene por objeto:

«a) Conservar unido el legado bibliográfico de Isidoro Millán González Pardo, consistente en miles de volúmenes con interés cultural y científico.

b) Dar a conocer y poner a disposición de estudiosos e investigadores los trabajos de investigación de Isidoro Millán González Pardo, referentes a diferentes ramas de la cultura: arqueológicos –en relación con la autenticidad de la tumba del Apóstol Santiago–, lingüísticos, toponímicos, genealógicos e históricos.

c) Custodiar y, en su caso, publicar el legado epistolar de Isidoro Millán González Pardo, con interés cultural, intercambiado con personalidades del mundo de la cultura. Hasta el momento se han publicado intercambios epistolares con Ramón Cabanillas, Ramón Piñeiro y Antonio Blanco Freijeiro, que se pretende custodiar, así como continuar con la publicación del restante legado.

d) Dar a conocer los trabajos de investigación de interés cultural del referido III Conde de Quirós, que se contienen en los archivos.

e) Apoyar las investigaciones sobre los asuntos jacobeos.

f) Difundir los trabajos históricos y arqueológicos de tradición Jacobea de Isidoro Millán González Pardo.

g) Custodiar y conservar los archivos familiares del referido señor».

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Rosina Otero Abalo, como presidenta; Ricardo García-Borregón Millán, como vicepresidente; José Ramón Millán Cidón, como secretario; Dolores Sacramento Millán Mon, como vicesecretaria; y Eduardo José Pardo de Guevara y Valdés, José Fernández Lago, José Luis Cochón Touriño, Juan Ramón Gallastegui Otero, Rafael de Espona y Rodríguez, y Alejandro Jorge Millán Mon, como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Isidoro Millán González Pardo, III Conde de Quirós, con base en las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según la propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 26 de diciembre de 2022,

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Isidoro Millán González Pardo, III Conde de Quirós, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Deportes