La Orden de 31 de diciembre de 2021 (DOG núm. 20, de 31 de enero de 2022), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, establece las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.
Por la Resolución de 12 de julio de 2022 (DOG núm. 145, de 1 de agosto), se concedieron las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I de la citada resolución.
El artículo 17 de la orden de convocatoria establece que, en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción de la relación laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla a la Secretaría General de Universidades o a la Agencia Gallega de Innovación (según sea el caso), y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión.
En el mismo artículo también se indica que las renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera del órgano instructor en que se produzcan y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo de aprovechamiento de la ayuda.
La competencia para adjudicar una nueva ayuda corresponde a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en el caso de nuevas incorporaciones procedentes de la lista de espera de las universidades del SUG, de acuerdo con el artículo 17.5 de la Orden de 31 de diciembre de 2021.
En consecuencia, atendiendo a las renuncias recibidas en la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades,
RESUELVO:
Primero. Aceptar las renuncias a las ayudas de formación posdoctoral que se indican a continuación:
Nº expediente |
Univ. |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
Fecha de renuncia |
ED481B-2022-054 |
USC |
López |
Lorenzo |
Gonzalo |
22.7.2022 |
ED481B-2022-063 |
USC |
Míguez |
Salina |
Gabriela |
8.8.2022 |
ED481B-2022-023 |
UVigo |
Míguez |
Álvarez |
Carla María |
25.10.2022 |
ED481B-2022-009 |
UVigo |
López |
Hortas |
Lucía |
21.7.2022 |
ED481B-2022-078 |
UVigo |
Santalla |
García |
Hugo |
10.10.2022 |
ED481B-2022-018 |
UVigo |
Martínez |
Román |
Rosana |
25.10.2022 |
Segundo. Conceder las ayudas correspondientes a las entidades y personas candidatas de la lista de espera de las universidades del SUG que se indican en el anexo I.
Tercero. Conceder las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral convocadas por la Orden de 31 de diciembre de 2021 a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
Cuarto. Declarar extinguida la lista de espera.
Quinto. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las universidades beneficiarias según las renuncias y las nuevas adjudicaciones:
Univ. |
Nº de ayudas |
Crédito (en euros) |
||||
2022 |
2023 |
2024 |
2025 |
Total |
||
UDC |
7 |
62.166,67 |
322.000,00 |
318.000,00 |
199.333,33 |
901.500,00 |
USC |
21 |
321.166,73 |
1.029.000,00 |
961.000,00 |
514.333,27 |
2.825.500,00 |
UVigo |
12 |
164.333,36 |
588.500,00 |
550.500,00 |
274.666,64 |
1.578.000,00 |
Total |
40 |
547.666,76 |
1.939.500,00 |
1.829.500,00 |
988.333,24 |
5.305.000,00 |
Sexto. La fecha de comienzo de los contratos será el 16 de diciembre de 2022, con una duración de tres años.
Séptimo. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.
Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2022
El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura,
Educación, Formación Profesional y Universidades