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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Viernes, 18 de noviembre de 2022 Pág. 59996

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022 por la que se convoca para la elección de destino provisional a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 020 del grupo II, terapeuta ocupacional, de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, convocado por la Orden de 4 de noviembre de 2019 (Diario Oficial de Galicia número 213, de 8 de noviembre).

De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y al objeto de avanzar en hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas y la consiguiente obligación de estas de dotarse de los medios y sistemas necesarios para que ese derecho pueda ejercerse, es necesario incorporar la tramitación electrónica a la fase de elección de destino de las personas aspirantes que superaron un proceso selectivo convocado por la Dirección General de la Función Pública.

La resolución se dicta por delegación, de conformidad con lo establecido en la Orden de 8 de enero de 2020 sobre delegación de competencias en la Dirección General de la Función Pública, publicada en el DOG número 16, de 24 de enero.

Una vez finalizado el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 020 del grupo II, terapeuta ocupacional, de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, convocado por la Orden de 4 de noviembre de 2019 (DOG número 213, de 8 de noviembre), con corrección de errores en el DOG número 229, de 2 de diciembre, y una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos por parte de las personas aspirantes al objeto de adjudicarles destino provisional, y según la base IV.6 de la convocatoria, esta consellería

DISPONE:

Primero. Publicar como anexo I la relación de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo y que, según la base IV.6 de la convocatoria, son convocadas para la elección de destino provisional, según el orden que, en aplicación de las bases de la convocatoria, deberá seguirse a efectos de la adjudicación de destino.

Segundo. Los puestos ofertados y los requisitos exigidos para su ocupación figuran como anexo II de esta resolución. Las personas aspirantes elegirán las plazas al grupo y categoría a la que acceden y de conformidad con lo indicado en el anexo II de esta resolución.

Tercero. Para el acceso a la aplicación informática para la elección de destino, la Dirección General de la Función Pública remitirá a las personas aspirantes un correo electrónico con el usuario y la clave de acceso a la aplicación.

En el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, las personas aspirantes, en el supuesto de que no hayan recibido correctamente su usuario y clave, deberán ponerse en contacto con el servicio informático de la Dirección General de la Función Pública, en el teléfono 881 99 98 83, para que se les faciliten los datos necesarios.

Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, se abrirá un plazo de cinco (5) días hábiles para que las personas aspirantes que constan en el anexo I de esta resolución seleccionen telemáticamente, a través del sistema electrónico, los destinos ofertados por orden de prelación.

La elección de destinos deberá realizarse a través del sistema electrónico, al que se podrá acceder a través de la página web de la Dirección General de la Función Pública funcionpublica.xunta.gal, siguiendo la ruta «Función pública»–«Procesos selectivos».

Cuarto. Para la selección de destinos, las personas aspirantes deberán acceder al sistema electrónico y proceder de la siguiente forma:

Una vez que acceda a su expediente electrónico, la persona aspirante deberá, en primer lugar, elegir entre las opciones «Renuncia», «Solicitud de excedencia» o «Escoger puesto».

1º. De elegir la opción «Renuncia», la deberá presentar por escrito en el Registro de la Xunta de Galicia en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero. La persona aspirante que ejerza esta opción quedará excluida del proceso y decaerá en su derecho a ser nombrada personal laboral fijo del grupo y de la categoría a que accede.

2º .De elegir la opción «Solicitud de excedencia», las personas aspirantes podrán solicitar ser declaradas en excedencia voluntaria por incompatibilidad, siempre que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 24.5 del V Convenio colectivo único de la Xunta de Galicia, lo que deberán de manifestar por medios electrónicos y en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero. En este sentido, las personas que la soliciten por prestar servicios en otra Administración deberán presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero.

3º. De elegir la opción «Escoger puesto», las personas aspirantes seleccionarán, por orden de preferencia, los destinos que se ofertan. En el supuesto de que escoja un número de plazas inferior al de la posición que ocupa en el proceso, las personas aspirantes que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 24.5 del V Convenio colectivo único de la Xunta de Galicia podrán solicitar ser declaradas en excedencia voluntaria por incompatibilidad, lo que deberán manifestar mediante la presentación de una solicitud por escrito y en el mismo plazo previsto en el párrafo tercero, a la que deberán adjuntar tanto la copia del último orden de prelación de los puestos ofertados y seleccionados en el sistema electrónico debidamente firmado como, en el caso de solicitarla por prestar servicios en otra Administración, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Quinto. A las personas aspirantes que no presenten su solicitud de elección en el plazo señalado o seleccionen un número de plazas inferior al de la posición que ocupan en el proceso y no se les adjudique ningún destino y no cumplan los requisitos para ser declaradas en excedencia voluntaria por incompatibilidad, o no hayan presentado su solicitud en la manera prevista en esta resolución, les serán adjudicados en destino provisional los puestos que les correspondan atendiendo al orden de publicación de estos y al número obtenido en el proceso selectivo, una vez concluido el proceso de adjudicación de los puestos a las personas aspirantes presentes o representadas, entre los que hayan quedado sin adjudicar.

Sexto. Todas las comunicaciones que formulen las personas aspirantes se dirigirán a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública, Servicio de Selección (Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela). Para ello, deberán emplear el modelo con el código PR004A previsto en la Orden de 4 de mayo de 2017, que aprueba la puesta en funcionamiento del servicio para la presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no cuenten con un sistema electrónico específico ni con un modelo electrónico normalizado, habilitado en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal, o bien presentarán la documentación en las oficinas de Registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptimo. Finalizado el plazo para la elección de destinos, la aplicación efectuará la adjudicación automática de destinos, en función del grupo y categoría a que se accede y el orden de prelación alcanzado por cada persona aspirante en su proceso, y atendiendo al orden de preferencia en la selección de destinos efectuado por esta.

La adjudicación provisional de puestos se resolverá mediante resolución de la consellería competente en materia de función pública y se publicará en el DOG.

Las personas aspirantes nombradas personal laboral fijo y adjudicatarias provisionales de los puestos de trabajo relacionados en esta resolución dispondrán del plazo de un mes para tomar posesión de su destino, desde el día siguiente al de la publicación en el DOG.

Las personas aspirantes que obtengan un destino provisional deberán optar a las plazas que se oferten en la elección de destino definitivo.

Octavo. Estará a disposición de las personas aspirantes información complementaria para la utilización de la aplicación informática y la presentación de las solicitudes de elección de destino en la página web de la Dirección General de la Función Pública: funcionpublica.xunta.gal

Noveno. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde esa misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2022

El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020; DOG núm. 16, de 24 de enero)
José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I

Nº de orden

DNI

Apellidos y nombre

1

***1853**

García Crespo, María Vanessa

2

***2756**

Calvo Torres, Inés

ANEXO II

Plazas ofertadas

Código

Denominación

Cons.

Centro de destino

Centro directivo

Ayuntamiento

Adscr.

1

PSC991000027001450

Terapeuta ocupacional

PS

Jefatura Territorial de Lugo

Servicios periféricos

Lugo

II-020

2

PSC991000015001450

Terapeuta ocupacional

PS

Jefatura Territorial de A Coruña

Servicios periféricos

A Coruña

II-020