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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Viernes, 4 de noviembre de 2022 Pág. 57986

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2022, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2022/201-4).

Expediente: IN407A 2022/201-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: sustitución de la LMTS TRO705, 704, 707 en la travesía de Vigo.

Ayuntamiento: Vigo.

Hechos:

Primero. El 10 de mayo de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de sustitución de la LMTS TRO705, 704, 707 en la travesía de Vigo.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en las siguientes actuaciones previstas en la travesía de Vigo y en la zona de la vía Norte, en el ayuntamiento de Vigo:

– Un nuevo trazado de 191 metros de la línea de media tensión subterránea TRO707, que deja sin servicio los tramos TRO7070734, TRO7070740 y TRO7070746.

– Un nuevo trazado de 127 metros de la línea de media tensión subterránea TRO705, que deja sin servicio el tramo TRO7050436.

– Un nuevo trazado de 127 metros de la línea de media tensión subterránea TRO704, que deja sin servicio el tramo TRO7040715.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Vigo y el Servicio del Patrimonio Cultural.

La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido por el Ayuntamiento de Vigo. El Servicio del Patrimonio Cultural manifestó que no existe impedimento desde el punto de vista de patrimonio.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio) y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercero. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor RHZ, en cinco actuaciones:

– De 127 metros de longitud, con origen en la LMTS TRO7070736 y final en la LMTS TRO7070750.

– De 32 metros de longitud, con origen en la LMTS TRO7070750 y final en el centro de seccionamiento Clínica Fátima (36CAA0).

– De 32 metros de longitud, con origen en el centro de seccionamiento Clínica Fátima (36CAA0) y final en la LMTS TRO7070745.

– De 127 metros de longitud, con origen en la LMTS TRO7050436 y final en la LMTS TRO7050436.

– De 127 metros de longitud, con origen en la LMTS TRO7040715 y final en la LMTS TRO7040715.

La instalación está situada en la travesía de Vigo y la zona de la vía Norte, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Conforme con todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica de sustitución de la LMTS TRO705, 704, 707 en la travesía de Vigo (expediente IN407A 2022/201-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 11 de octubre de 2022

Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra