En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2001, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministración y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/promotora: Wind Premier O Pedregal, S.L.U. (CIF: B70578448).
Domicilio social: plaza de María Pita, nº 10-1º, 15001, A Coruña.
Denominación del proyecto: parque eólico Ampliación Alto da Croa II (expediente IN408A 2019/20).
Municipios afectados por la poligonal del parque eólico: Dumbría (A Coruña).
Potencia: 4,5 MW.
Nº aerogeneradores que se van a instalar: 1 ud.×4,5 MW de potencia nominal unitaria.
Producción media neta estimada: 20.050 MWh/año.
Horas netas anuales equivalentes a potencia nominal: 4.454 horas
Presupuesto de ejecución material: 3.182.059,03 €.
Plazo de ejecución: tres (3) meses.
Parque eólico Ampliación Alto da Croa II |
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A.D.E. |
Alto da Croa |
Parque eólico Ampliación Alto da Croa II |
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Vértice poligonal |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
Ayuntamiento |
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X |
Y |
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1 |
491.874 |
4.762.196 |
Dumbría |
2 |
491.874 |
4.762.786 |
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3 |
492.705 |
4.764.446 |
|
4 |
493.737 |
4.764.244 |
|
5 |
492.766 |
4.762.203 |
Parque eólico Ampliación Alto da Croa II |
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Aerogenerador |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
Ayuntamiento |
|
X |
Y |
||
AE 01 |
492.206 |
4.762.850 |
Dumbría |
Parque eólico Ampliación Alto da Croa II |
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Centro de control |
Coordenadas UTM huso 29 ETRS89 |
Ayuntamiento |
|
X |
Y |
||
CC |
492.265 |
4.762.792 |
Dumbría |
Objeto de la actuación:
Se trata de una ampliación del parque eólico en funcionamiento Alto da Croa II (expediente IN661A 2010/4-1), que consiste básicamente en la instalación de un nuevo aerogenerador y de un centro de control y medida.
Características técnicas de la instalación:
• Un (1) aerogenerador tripala, modelo SG 4,5-145 de Siemens Gamesa o similar, de 4,5 MW de potencia nominal unitaria, con velocidad y paso variables, altura hasta el buje de 90 m y un diámetro del rotor de 145 m.
• Un (1) centro de transformación trifásico montado en el interior de la góndola del aerogenerador, con transformador de aislamiento seco, potencia aparente unitaria 5.500 kVA y relación de transformación 30/0,69 kV.
• Un (1) centro de control y medida constituido por un edificio prefabricado, en cuyo interior se incorporan todos los componentes eléctricos.
• Un (1) sistema eléctrico colector de media tensión (MT) formado por un circuito de 30 kV en instalación subterránea, que tiene como objeto la canalización de la energía generada por la aeroturbina hasta el centro de control y medida. El cable utilizado será conductor tipo RHZ1/OL 18/30 kV Al de 240 mm2 de sección.
• La puesta a tierra de la red de MT está constituida por un cable de cobre desnudo, de sección 50 mm2, tendido a lo largo de la canalización de MT.
• El cableado de las comunicaciones será de fibra óptica monomodo 24 fibras.
• La línea de evacuación de la energía generada en el parque eólico Ampliación Alto da Croa II, que va desde el centro de control y medida de este parque hasta el centro de seccionamiento del parque eólico Alto da Croa II, será una línea 30 kV que no está incluida dentro del alcance del presente proyecto, sino que será objeto de otro independiente que se encuentra actualmente en tramitación.
• Desde el centro de seccionamiento del parque eólico Alto da Croa II, la energía se evacuará en la subestación colectora A Lagoa 30-66/220 kV para llegar, finalmente, a la red de transporte en el nudo Regoelle (subestación Regoelle 220 kV). Tanto la subestación colectora A Lagoa 30-66/220 kV (antiguamente llamada Regoelle 20-66/220 kV, expediente IN407A 2016/3040-1) como la subestación Regoelle 220 kV (expediente IN407A 2009/299-1, propiedad de REE) están actualmente en servicio.
Objeto de la información pública:
La solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) de las instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución (visado el 9.8.2022).
1.1. Plano general del proyecto de parque eólico.
1.2. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y derechos afectados por el proyecto (RBDA), que figura en el anexo que se inserta en este acuerdo.
1.3. Planos parcelarios de las fincas afectadas por el proyecto.
2. El estudio de impacto ambiental (EIA) (firmado el 7.2.2022).
3. El proyecto de interés autonómico (PIA) (visado el 9.9.2022).
De conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, el proyecto se hace público para el conocimiento general, así como, en particular, de las personas propietarias de las fincas afectadas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo (en el DOG o periódico).
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (calle Vicente Ferrer, núm. 2-2ª planta, 15071 A Coruña, teléfonos 981 18 49 83 y 981 18 49 17), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, así como en la Casa Consistorial de Dumbría (A Coruña). Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
A Coruña, 16 de septiembre de 2022
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña