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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Lunes, 26 de septiembre de 2022 Pág. 51130

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 5 de septiembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ferrol (expediente-e IN407A 2022/85-1).

Expediente-e: IN407A 2022/85-1.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: reglamentación LMTA DC SMR703/706. Sustitución de apoyo ANOIXAIH//D7 anexo.

Ayuntamiento: Ferrol.

1. Características técnicas:

– Sustitución del apoyo nº ANOIXAIH//D7 de hormigón existente de la LMT doble circuito SMR703/SMR706 (IN407A 2016/2279-1) por un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C-2000/14-E30-CA. Se retensan los vanos entre apoyos nº ANQMRRIH//D6 y ANNIIW58//D8, conductor LA-110 mm2 Al existente.

2. Legislación de aplicación:

I. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

II. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

III. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de deciembre).

IV. Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

V. Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

VI. Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

VII. Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se acompaña a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de A Coruña, (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2º planta, 15071 A Coruña), entre las 9.00 y las 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el ayuntamiento. Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se omitieron. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oporturnas en el plazo de 30 días, que se contarán a partir del día seguinte al de la última publicación de este acuerdo.

Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación:

https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

A Coruña, 5 de septiembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de propietarias/os, bienes y derechos afectados

Abreviaturas:

ml. aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

m2 sot.: superficie de servidumbre subterránea en m2.

Número de finca: 1.

Paraje: lugar Coto.

Referencia catastral: 1966511NJ6116N0001ZZ.

Cultivo: urbano. Suelo sin edificar.

Propietaria/o: desconocida/o.

Afección de suelo en pleno dominio:

• Apoyo núm.: D7.

• m2: 2,0.