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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Lunes, 5 de septiembre de 2022 Pág. 47380

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2022, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública, y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Cañiza (expediente IN407A 2022/062-4).

Expediente: IN407A 2022/062-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: reglamentación LMT FRI808 entre apoyos AN4EGBG//89-2 y
ANVSJ7VV//89-5.

Ayuntamiento: A Cañiza.

Hechos:

Primero. El 28 de febrero de 2022, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada reglamentación LMT FRI808 entre apoyos AN4EGBG//89-2 y ANVSJ7VV//89-5.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad la siguientes actuaciones previstas en el municipio de Pontevedra:

Sustitución del apoyo ANSCB9CT//89-3 por un nuevo apoyo 89-2-1 y colocación de dos apoyos de tipo PAS (paso aéreo subterráneo) 89-5-1 y 89-3-1.

Retensado del tramo de línea entre el apoyo existente ANR4EGBG//89-2 y el apoyo proyectado 89-2-1.

Retensado del tramo de línea entre el apoyo ANVSJ7W//89-5 y el apoyo proyectado 89-5-1.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de A Cañiza y el Servicio de Patrimonio Cultural de Pontevedra. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos.

Tercero. Mediante escrito de 14 de marzo de 2022, esta jefatura territorial notificó la solicitud de la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la referida instalación eléctrica a las personas que figuran afectadas por la declaración de utilidad pública de acuerdo con la relación de bienes y derechos aportada por la empresa promotora.

En aquellos casos e los que no fue posible efectuar notificaciones, el 1 de julio de 2022 y el 5 de julio de 2022 se publicó el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado, respectivamente, con la finalidad de realizar la notificación por comparecencia.

Cuarto. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante Resolución de 14 de marzo de 2022 publicada en los siguientes medios:

– DOG (Diario Oficial de Galicia): 5 de abril de 2022.

– Periódico Faro de Vigo: 30 de marzo de 2022.

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de A Cañiza.

Durante el mencionado trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas.

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio) y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

Tercera. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Línea de media tensión aérea (LMTA) a 20 kV, con conductor LA-56, de 118 metros de longitud, con origen en el paso aéreo proyectado (PAS) en el apoyo proyectado 89-3-1 y final en el PAS proyectado en el apoyo proyectado 89-2-1.

Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 20 kV, con conductor RHZ1, de 259 metros de longitud, con origen en el PAS proyectado en el apoyo proyectado 89-5-1 y final en el PAS proyectado en el apoyo proyectado 89-3-1.

Retensado del vano aéreo comprendido entre los apoyos ANVSJ7VV//89-5 y 89-5-1. La instalación está situada en A Cañiza, Pontevedra.

Conforme con todo lo indicado,

resuelvo:

Primero. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada reglamentación LMT FRI808 entre apoyos AN4EGBG//89-2
y ANVSJ7VV//89-5 (expediente IN407A 2022/062-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 11 de agosto de 2022

El jefe territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 116/2022, de 23 de junio; DOG núm. 126, artículos 41.3 y 42.1)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Industria