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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Jueves, 1 de septiembre de 2022 Pág. 47016

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Chantada (expediente IN407A 2022/22 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle, Ourense.

Denominación: subestación Belesar 220/132 kV-ampliación posición 132 kV GIS SB.

Situación: ayuntamiento de Chantada.

Características técnicas principales:

• Ampliación de la subestación consistente en la instalación de una nueva posición de línea de cliente 132kV tipo GIS en el interior del edificio existente. Los nuevos equipos a instalar son:

Una celda de simple barra de posición de protección de línea de cliente G.E. modelo F-35-41, equipada con:

– Un seccionador tripolar de barras con tres posiciones: abierto, cerrado y puesta a tierra para mantenimiento, 1.250 A.

– Un interruptor automático tripolar de corte en SF6, 1.250 A, 31,5 kA.

– Tres transformadores de intensidad 200-400/5-5-5-5 A.

– Tres transformadores de tensión 132.000:√3/110:√3-110:√3-110:√3 V.

– Un seccionador de puesta a tierra rápida, 1.250 A.

– Tres terminales enchufables cable aislado-SF6 para conexión a cable unipolar de aislamiento seco 76/132 kV.

– Finalidad de la instalación: equipación para evacuación de parque eólico.

– Presupuesto: 480.605,88 euros.

– Documentación que se acompaña:

• Separata para el ayuntamiento de Chantada.

• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución. La dirección de obra deberá realizarla un técnico competente.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas da alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 5 de agosto de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo