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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 26 de julio de 2022 Pág. 41279

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

EXTRACTO de la Orden de 7 de julio de 2022 por la que se regula el régimen de ayudas a centros privados concertados para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que realice sus estudios en el año 2022 (código de procedimiento ED531D).

BDNS (Identif.): 640006.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Esta convocatoria está destinada a todos los centros privados concertados no universitarios dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en los que se impartan enseñanzas de educación secundaria obligatoria, bachillerato y/o formación profesional.

Segundo. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a centros privados concertados que impartan enseñanzas de educación secundaria, bachillerato y/o formación profesional para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado (código de procedemiento ED531D).

2. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 7 de julio de 2022 por la que se regula el régimen de ayudas a centros privados concertados para la realización de pruebas de nivel lingüístico para el alumnado que realice sus estudios en el año 2022 (código de procedimiento ED531D).

Cuarto. Financiación y cuantía de las ayudas

1. La financiación de las ayudas previstas en esta orden se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 10.30.423A.780.3, por un importe máximo 150.000,00 €, con cargo al presupuesto de 2022.

2. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 25.2 del citado Decreto 11/2009, la concesión de las subvenciones se condiciona a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será 1 mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades