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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Miércoles, 6 de julio de 2022 Pág. 38671

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Sarria (expediente IN407A 2022/04 AT).

Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Peticionaria: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: calle A Batundeira, nº 2, Velle (Ourense).

Denominación: reglamentación LMTA SAR804 entre los apoyos nº D121-2-1 y D121-2-8 (Sarria).

Situación: ayuntamiento de Sarria.

Características técnicas principales:

• Línea de media tensión aérea 20 kV SAR804 (expediente 2448 AT) con origen en el apoyo existente D121-2 de la LMTA SAR804 y final en el apoyo existente D121-2-8, con una longitud de 860 metros en conductor nuevo tipo LA-56 y 129 metros de conductor existente tipo LA-56. Se sustituyen los apoyos D121-2-1, D121-2-5 y D121-2-7 por apoyos nuevos de celosía, se elimina el apoyo D121-2-6 y se instala un apoyo nuevo D121-2-7x1 de tipo C-14/1000.

Finalidad de la instalación: reglamentación de instalaciones.

Presupuesto: 12.359,68 €.

Documentación que se adjunta:

• Separata para el Ayuntamiento de Sarria.

• Separata para la Confederación Hidrográfica Miño-Sil.

• Separata para la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para la autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dicha instalación sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse, en su ejecución, a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución y la dirección de obra deberá ser realizada por técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de la alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada, ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente a su derecho.

Lugo, 6 de junio de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo