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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Miércoles, 8 de junio de 2022 Pág. 33498

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 24 de mayo 2022 por la que se autoriza la inclusión de la Escuela de Música Val do Fragoso de Vigo en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La representación de la Asociación Veciñal Val do Fragoso Consumidores e Usuarios Centro Social, Cultural, Deportivo e Recreativo solicita la inscripción de la Escuela de Música Val do Fragoso de Vigo en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con la Orden de 11 de marzo de 1993, que regula las condiciones de creación y funcionamiento de estas escuelas.

Después de realizar los trámites que establece la normativa vigente, la Jefatura Territorial de Pontevedra remite el expediente con los correspondientes informes.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Inscripción en el Registro de Escuelas de Música

Autorizar la inclusión en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la escuela de música que se señala:

Denominación: Escola de Música Val do Fragoso.

Provincia: Pontevedra.

Concello: Vigo.

Domicilio: c/ Val Miñor, 1-3.

Código postal: 36210.

Localidad: Vigo.

Código del centro: 36025153.

Titular: Asociación Veciñal Val do Fragoso Consumidores e Usuarios Centro Social, Cultural, Deportivo e Recreativo.

Artículo 2. Régimen jurídico

Esta escuela queda sometida al régimen de escuelas de música y danza, según lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1993 y a los servicios de inspección correspondientes.

Artículo 3. Modificación de la autorización

El centro deberá solicitar la oportuna revisión de la inscripción cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos señalados en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades