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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Jueves, 2 de junio de 2022 Pág. 32503

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Cortegada

ANUNCIO de estabilización del empleo temporal.

Mediante la Resolución de la Alcaldía, de 27 de mayo de 2022, se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se detallan:

Personal laboral:

– Denominación: agente de empleo y desarrollo local.

– Grupo: 2.

– Vacantes: 1.

– Jornada: completa.

– Sistema de acceso: concurso.

Para cumplir lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Cortegada en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente el recurso de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense o, a su elección, el que corresponda por razón de domicilio, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel se resuelva expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere más oportuno en derecho.

Cortegada, 27 de mayo de 2022

Avelino Luis de Francisco Martínez
Alcalde