Por Resolución de Alcaldía número 268/2022, de fecha 24 de mayo de 2022 se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en el Ayuntamiento de Arbo, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público que incluye las siguientes plazas:
Personal laboral:
Denominación |
Grupo cotización |
Plazas sin reserva discapacidad |
Plazas con reserva discapacidad |
Turno |
Sistema de acceso |
Técnico de Intervención Familiar |
2 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Agente de Empleo y Desarrollo Local |
1 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Educadoras Punto Atención Infancia |
2 |
2 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Auxiliar Administrativo del Museo Arbo |
7 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Peón del área de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos |
10 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Auxiliar administrativa de la biblioteca municipal |
5 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Limpiadora |
10 |
2 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Arquitecto municipal |
1 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Auxiliar de ayuda a domicilio |
7 |
8 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso |
Auxiliar de ayuda a domicilio |
7 |
1 |
0 |
Estabilización empleo (D.A. 6ª Ley 20/2021) |
Concurso-oposición |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora das bases de régimen local, y del artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra y en el Diario Oficial de Galicia, así como el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arbo y en su sede electrónica.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 da Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que puedan estimar más conveniente a su derecho.
Arbo, 24 de mayo de 2022
Horacio Gil Expósito
Alcalde