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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Jueves, 19 de mayo de 2022 Pág. 29677

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

ACUERDO de 22 de abril de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, con la necesidad de urgente ocupación, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental del parque eólico Fonsanta, ubicado en los ayuntamientos de Bande, Rairiz de Veiga y Verea, en la provincia de Ourense (expediente IN408A 2018/017).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia; y en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con las instalaciones que se describen a continuación:

• Solicitante: Greenalia Wind Power, S.L.U.; CIF: B70501473.

• Denominación del proyecto: parque eólico Fonsanta.

• Ayuntamientos afectados: Bande, Rairiz de Veiga y Verea (Ourense).

• Potencia a instalar: 50 MW.

• Número de aerogeneradores: 12 × 4,2 MW de potencia nominal unitaria (un aerogenerador está limitado a una potencia de 3,8 MW).

• Producción media anual estimada: 153.163 MWh/año.

• Subestación: SET Fonsanta 220/30 kV.

• Plazo de ejecución: 12 meses.

• Presupuesto de ejecución material: 41.535.669,68 €.

• Emplazamiento: (coordenadas UTM, huso 29 ETRS89).

Las coordenadas que definen la poligonal del parque eólico son:

Vértice

UTM-X

UTM-Y

1

584.287

4.656.373

2

585.887

4.658.958

3

590.864

4.656.473

4

589.681

4.653.785

5

586.875

4.653.785

Las coordenadas previstas en proyecto para los aerogeneradores y para la subestación receptora del parque, SET Fonsanta, son:

UTM-X

UTM-Y

AE01

587.293

4.657.990

AE02

587.208

4.657.504

AE03

587.602

4.657.370

AE04

587.622

4.657.001

AE05

587.301

4.654.977

AE06

587.653

4.656.051

AE07

587.907

4.655.773

AE08

588.332

4.655.603

AE09

588.499

4.655.131

AE10

588.462

4.654.599

AE11

587.330

4.654.511

AE12

587.511

4.654.055

SET

587.653

4.655.201

Características técnicas recogidas en el proyecto:

– 12 aerogeneradores modelo VESTAS V150 de 4,2 MW, el aerogenerador AE12 limitado a 3,8 MW, con una altura de buje de 112 m, diámetro de rotor de 150 m, con sus correspondientes centros de transformación, situados en la propia góndola de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 4.700 kVA y relación de transformación de 30±2,5±5% / 0,72 kV.

– Red eléctrica subterránea de 30 kV, de interconexión en serie entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación receptora del parque eólico, compuesta por cuatro circuitos con conductores tipo Al RHZ1- OL 18/30 kV de sección variable según el tramo, el circuito 1 para la interconexión de los aerogeneradores AE01, AE02, AE03 y AE04 con la SET; circuito 2 para los AE12, AE11 y AE05 con la SET; circuito 3 para los AE10, AE09 y AE08 con la SET, y el circuito 4 para los AE06 y AE07 con la SET.

– Subestación SET Fonsanta 30/220 kV, compuesta por:

• En 30 kV celdas de interior en configuración de simple barra con cuatro posiciones de línea para la conexión de los aerogeneradores; una posición de transformador, con transformador de SS. AA de 50 kVA r/ t: 30/0,4 kV; una posición de medida y una de protección general. Todo con el equipamiento complementario para las funciones de control, mando y protección.

• Parque a nivel de 132 kV, en intemperie en configuración de simple barra, con una posición de línea con los equipos necesarios de protección y medida, para la conexión de la subestación colectora Lamas de Feás.

• Parque a nivel de 220 kV en intemperie en configuración de simple barra, con una posición de línea 220 kV salida a SET Frieira (RRE); dos posiciones de protección de transformador, con los equipos necesarios de protección y medida; y dos transformadores de potencia de 45/55 MVA – ONAF, regulación en carga JANSEN±10%, y relación de transformación 132/220 kV y 30/220 kV para la conexión de los parques eólicos Lamas de Feás y Fonsanta, respectivamente.

El objeto de la información pública será la autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en particular, la necesidad de urgente ocupación que ello implica, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental de las instalaciones del parque eólico. La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la necesidad de la urgente ocupación a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

Documentación que se expone:

1. El proyecto de ejecución (visado el 29.9.2020).

2. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados (RBDA-septiembre 2020), que figura en el anexo la este acuerdo.

3. El estudio de impacto ambiental (EIA) (firmado el 31.1.2022).

4. El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (visado el 29.9.2020).

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, para el conocimiento general y, en su caso, presentar las alegaciones o las observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de dicha instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Toda la documentación se podrá examinar en la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación de Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, en los ayuntamientos afectados y en el siguiente enlace web de la consellería:

https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion

Ourense, 22 de abril de 2022

Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados por el parque eólico Fonsanta (expediente IN408A 2018/017) ayuntamientos de Bande, Rairiz de Veiga y Verea

Finca

Propietario

Parcela

Afecciones (m²)

Titularidad propuesta

Datos catastrales

Paraje

Cultivo

Pleno dominio

Serv. de paso

Serv. vuelo

Ocupac. temp.

Pol.

Parc.

Ref. catastral

Cim.

Plat.

Subest.

Vial

Zanja

Ayuntamiento de Verea (Ourense)

1

MVMC Grande de Nigueiroá

68

202

32085A06800202

Monte Nigueiroá

Matorral

59

6.202

2.844

948

2.761

2

MVMC Grande de Nigueiroá

66

1211

32085A06601211

Monte Nigueiroá

Matorral

298

592

170

8.999

Ayuntamiento de Bande (Ourense)

3

CMVMC Monte Grande, parroquia Bande

1

2

32007A00100002

Rioboo

Matorral

1.426

1.9917

46.592

7.308

3.5877

4

Vecinos de Martiñán

3

48

32007A00300048

Silvelas

Monte alto

279

5

Vecinos de Martiñán

2

41

32007A00200041

Foxo Vello

Matorral

1.339

6

Vecinos de Martiñán

2

40

32007A00200040

Foxo Vello

Matorral

1.434

7

Vecinos de Martiñán

3

44

32007A00300044

Silvelas

Matorral

1.135

8

Estévez Salgado Enrique (herederos de)

2

37

32007A00200037

Foxo Vello

Monte alto

98

9

Estévez González Encarnación

2

36

32007A00200036

Foxo Vello

Monte alto

14

10

Vecinos de Martiñán

3

45

32007A00300045

Silvelas

Matorral

3.510

11

López Vázquez Benita

Álvarez López Elías

Álvarez López Lucinda

4

594

32007A00400594

Biriño

Matorral

43

12

Bernardo Rodríguez Antonio

501

347

32007E50100347

Rochiña

Monte alto

132

13

Bernardo Dobaño José

501

348

32007E50100348

Rochiña

Monte alto

21

14

Vecinos de Martiñán

4

371

32007A00400371

Casmirelo

Matorral

763

15

Fernández González Benigno

501

454

32007E50100454

Espindo

Monte alto

28

16

Martínez Nieves Aurora (herederos de)

501

459

32007E50100459

Regada

Monte alto

9

17

Prado García Emilia (herederos de)

501

460

32007E50100460

Regada

Monte alto

1

18

Fernández González Benigno

4

511

32007A00400511

Regada

Monte alto

1

19

Vecinos de Martiñán

4

675

32007A00400675

Regada

Matorral

1.543

20

Vecinos de Martiñán

3

46

32007A00300046

Silvelas

Matorral

2.616

21

CMVMC Monte Grande, parroquia Bande

5

1

32007A00500001

Monte Grande

Monte alto

4.310

1.856

22

CMVMC Monte Grande, parroquia Bande

22

2

32007A02200002

Monte Grande

Monte alto

951

13.453

2.908

14.939

4.583

2.3278

1.025

23

Vecinos de O Ribeiro

14

802

32007A01400802

Penocicia

Monte alto

1.542

2.319

1.379

126

24

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

14

808

32007A01400808

Monte Grande

Monte alto

475

5.238

2.366

1.926

10.237

25

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

14

809

32007A01400809

Monte Grande

Monte alto

2.116

2.487

26

Vecinos de O Ribeiro

14

801

32007A01400801

Penocicia

Monte alto

1.037

974

27

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

14

807

32007A01400807

Monte Grande

Monte alto

475

6.636

523

630

7.599

28

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

14

799

32007A01400799

Penocicia

Monte alto

475

6.418

2.360

1.074

12.589

29

Vecinos de O Ribeiro

12

7

32007A01200007

Monte Grande

Monte alto

476

30

CMVMC Monte Grande, parroquia Bande

6

1

32007A00600001

Monte Grande

Monte alto

951

12.433

5.230

4.950

25.400

31

Vecinos de O Ribeiro

12

14

32007A01200014

Monte Grande

Monte alto

398

2.245

230

32

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

12

15

32007A01200015

Monte Grande

Monte alto

1.873

140

46

4.308

33

CMVMC Monte Grandedas. Parroquias de

12

9

32007A01200009

Monte Grande

Monte alto

475

3.577

277

7.191