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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Lunes, 16 de mayo de 2022 Pág. 28674

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2022, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 31 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

La Orden de 31 de diciembre de 2021 (DOG núm. 14, de 21 de enero de 2022), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten personas con el grado de doctor que se encuentren en la fecha de cierre de la convocatoria en alguno de los siguientes supuestos:

a) Que hayan estado contratadas en la modalidad A de la convocatoria de ayudas posdoctorales de 2018 y que no hayan renunciado al contrato.

b) Que hayan estado contratadas a través de la modalidad A de la convocatoria de ayudas posdoctorales de 2017, que tuvieron una interrupción y prórroga del contrato por las causas establecidas en la ley, que finalizaron el contrato y que no se presentaron a la convocatoria de ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral de 2021.

En el artículo 2.1 de la orden de convocatoria se determina quién puede ser beneficiario y, en el artículo 2.2, los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a las ayudas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria, una vez analizadas las solicitudes se publicaron las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas y las entidades solicitantes tuvieron un plazo de diez días naturales para formular reclamaciones para subsanar errores y falta de documentos de las personas interesadas ante la Secretaría General de Universidades o ante la Agencia Gallega de Innovación, según la entidad solicitante. Una vez que se recibió y se examinó esta documentación, el 22 de marzo de 2022 se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas excluidas.

Las solicitudes fueron ponderadas por un equipo evaluador formado por personas expertas de fuera del Sistema de I+D+i gallego, con la colaboración de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), a partir de la documentación indicada en el artículo 6 de la convocatoria y según el baremo que se indica en el artículo 10.

El resultado de esta evaluación se entregó a la Comisión de Selección definida en el artículo 11 de la orden de convocatoria. La Comisión de Selección elaboró un informe para los órganos instructores en que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas y, a la vista de que se produce un empate en la ayuda número veinte entre dos solicitudes de las universidades del SUG que no se puede dirimir aplicando los criterios de desempate indicados en la convocatoria, propuso la concesión de 19 ayudas y que la ayuda número 20 se resolviese en un sorteo público, que se celebró el día 2 de mayo de 2022, del que salió la ayuda número veinte y la solicitud que pasa a formar parte de la lista de espera para posibles sustituciones.

La competencia para resolver estas ayudas corresponde conjuntamente a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y a la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación, de acuerdo con el artículo 11 de la convocatoria.

Esta convocatoria se publicó antes de que el Gobierno entrara en funciones y la resolución entra dentro del despacho común de los asuntos de ambas consellerías, ya que el artículo 14 de la convocatoria establece que los contratos financiados tienen que comenzar en el mes de mayo de 2022.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la Comisión de Selección, reunida el día 28 de abril de 2022, y el resultado del sorteo público celebrado el día 2 de mayo de 2022, a través de la Secretaría General de Universidades y de la Agencia Gallega de Innovación,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral convocadas por la Orden de 31 de diciembre de 2021 a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I.

Segundo. Establecer una lista de espera, que se incluye como anexo II, para determinar posibles sustituciones, de acuerdo con el sorteo público que se realizó el día 2 de mayo de 2022. En esta lista figura la solicitud que alcanzó la nota mínima indicada en el artículo 10.2 pero que no resultó beneficiaria de la ayuda tras el citado sorteo.

Tercero. Todas las solicitudes que figuran en los anexos I y II de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en los citados anexos se entenderán denegadas o desestimadas.

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el día 16 de mayo de 2022.

Quinto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pagos recogida en el artículo 15 de las bases de la convocatoria.

Universidades del SUG: 20 ayudas.

El importe de las ayudas de las universidades del SUG se imputará al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2022-2026.

Aplicación presupuestaria

Universidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2022

2023

2024

Total

10.20.561B.444.0

UDC

1

18.522,22

39.000,00

20.477,78

78.000,00

10.20.561B.744.0

7.000,00

10.000,00

8.000,00

25.000,00

25.522,22

49.000,00

28.477,78

103.000,00

10.20.561B.444.0

USC

12

222.266,64

468.000,00

245.733,36

936.000,00

10.20.561B.744.0

84.000,00

120.000,00

96.000,00

300.000,00

306.266,64

588.000,00

341.733,36

1.236.000,00

10.20.561B.444.0

UVigo

7

129.655,54

273.000,00

143.344,46

546.000,00

10.20.561B.744.0

49.000,00

70.000,00

56.000,00

175.000,00

 

178.655,54

343.000,00

199.344,46

721.000,00

Total SUG

510.444,40

980.000,00

569.555,60

2.060.000,00

Demás entidades: 4 ayudas.

Aplicación presupuestaria

Entidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2022

2023

2024

Total

06.A2.561A.403.0
(2016 00004)

Misión Biológica de Galicia del CSIC

1

18.522,22

39.000,00

20.477,78

78.000,00

06.A2.561A.703.0
(2016 00004)

7.000,00

10.000,00

8.000,00

25.000,00

25.522,22

49.000,00

28.477,78

103.000,00

06.A2.561A.481.0
(2016 00004)

Fundación Profesor Novoa Santos

1

18.522,22

39.000,00

20.477,78

78.000,00

06.A2.561A.781.0
(2016 00004)

7.000,00

10.000,00

8.000,00

25.000,00

25.522,22

49.000,00

28.477,78

103.000,00

Total otras entidades

51.044,44

98.000,00

56.955,56

206.000,00

Sexto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en el caso de las universidades del SUG, o a la Agencia Gallega de Innovación en el caso de las demás entidades indicadas en el artículo 2 de la convocatoria, en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se haya presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, en el caso de solicitudes pertenecientes al SUG, y ante la persona titular de la presidencia de la Agencia Gallega de Innovación en los restantes casos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2022

El conselleiro de Cultura, Educación y Universidad
P.D. (Orden de 9 de febrero de 2021)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad

Francisco Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación y presidente de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Ayudas concedidas

Universidad de A Coruña

Nº exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota

ED481D-2022-013

UDC

Moncunill

Solé

Blanca

Ciencias

89

Universidad de Santiago de Compostela

Nº exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota

ED481D-2022-011

USC

Bermúdez

Beloso

Mariña

Artes y Humanidades

82

ED481D-2022-014

USC

de Azevedo

Gomes

Ana Manuela

Ciencias de la Salud

77

ED481D-2022-007

USC

Ferro

Costas

David

Ciencias

95,5

ED481D-2022-012

USC

García

Menéndez

Vanesa

Ciencias de la Salud

92

ED481D-2022-001

USC

García

Souto

Daniel

Ciencias de la Salud

82,5

ED481D-2022-010

USC

Maneiro

Rey

María

Ciencias

89

ED481D-2022-009

USC

Martínez

Ballesteros

Víctor Hugo

Ciencias Sociales y Jurídicas

85

ED481D-2022-015

USC

Montero

Ferrer

Carmen

Ciencias Sociales y Jurídicas

80

ED481D-2022-008

USC

Negri

Manuel

Artes y Humanidades

88

ED481D-2022-004

USC

Salas

Sánchez

Aarón Ángel

Ingeniería y Arquitectura

83

ED481D-2022-016

USC

Sampedro

Mella

María Carmen

Artes y Humanidades

88

ED481D-2022-024

USC

Souto

Pereira

Sandra

Ciencias de la Salud

93,66

Universidad de Vigo

Nº exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota

ED481D-2022-018

UVigo

Flórez

Fernández

Noelia

Ingeniería y Arquitectura

78,5

ED481D-2022-023

UVigo

Méndez

Quintas

Eduardo

Artes y Humanidades

87

ED481D-2022-006

UVigo

Pérez

Paz

Alicia

Ciencias

77

ED481D-2022-021

UVigo

Rodríguez

Flores

María Shantal

Ciencias

85

ED481D-2022-022

UVigo

Sánchez

Vázquez

Pablo Breogán

Ingeniería y Arquitectura

75

ED481D-2022-003

UVigo

Soto

Oñate

David

Ciencias Sociales y Jurídicas

80

ED481D-2022-020

UVigo

Vázquez

Domínguez

Marta

Ciencias

77,68

Otras entidades

Nº exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota

IN606C-2022/002

Fundación Profesor Novoa Santos

López

Díaz

María

Ciencias de la Salud

76,50

IN606C-2022/001

Misión Biológica de Galicia del CSIC

López

Villamor

Adrián

Ciencias

76,00

ANEXO II

Lista de espera

Universidades del SUG

Orden

Nº exp.

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota

1

ED481D-2022-002

USC

Benítez

Trinidad

Carlos

Artes y Humanidades

75,00