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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 8 de abril de 2022 Pág. 22798

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vigo

ANUNCIO de 15 de marzo de 2022, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de aprobación definitiva del estudio de detalle de la U.A. Hernán Cortés (expediente 5264/401).

El Pleno del Ayuntamiento de Vigo, en sesión ordinaria del día 23 de febrero de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Desestimar las alegaciones presentadas en el preceptivo período de información pública, en los términos señalados en el informe presentado por el equipo redactor de fecha 25.10.2021 (cod.sol. W615866-6210), con el contenido y propuesta de desestimación de las mismas, y ratificado en el informe técnico emitido por la arquitecta jefa de barrios históricos de fecha 21.12.2021.

Segundo. Prestar aprobación definitiva al documento nombrado Estudio de detalle en la U.A. Hernán Cortés, promovido, mediante iniciativa particular, por Isaac Álvarez García y otros, al objeto de definir con precisión las alineaciones exteriores e interiores, así como la reordenación de volúmenes edificables (dos bloques) en el ámbito de la U.A. Hernán Cortés, alcanzando así los objetivos del PEEC, instrumento urbanístico redactado de fecha noviembre de 2021 por el arquitecto José A. Comesaña García, para su aprobación definitiva, adaptado a las NNTT de Planeamiento de Galicia, presentado en el Registro Electrónico de la GMU en fecha 21.12.2021 (cod.sol. W637487-268).

Tercero. Acordar, en el ámbito del estudio de detalle, y al amparo de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, la delimitación del ámbito de actuación conjunta en el medio urbano y el inicio del procedimiento de equidistribución de beneficios y cargas de las parcelas afectadas y la declaración de utilidad pública o, en su caso, el interés social a los efectos de la aplicación del régimen de expropiación de los bienes y derechos necesarios para su ejecución, en su caso.

Cuarto. De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la LRRRUG, la gestión urbanística del ámbito se realizará mediante el sistema de reparcelación.

Quinto. Acordar el inicio del expediente de reparcelación procediéndose a su preceptiva información pública en el BOP, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y notificación individualizada a los titulares catastrales afectados, de conformidad con la normativa de pertinente aplicación.

Sexto. Proceder a la realización de los trámites administrativos recogidos en los artículos 82 y 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y concordantes de su reglamento de desarrollo, para procurar la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del estudio de detalle aprobado; remitir certificación del presente acuerdo a los promotores, haciéndoles constar expresamente que en la correspondiente fase de urbanización de los espacios libres de edificación se garantizará en todo caso el acceso rodado de vehículos, a través de la plaza de nueva apertura, así como a todos los interesados en el presente procedimiento, y publicar el acuerdo de aprobación definitiva, en el plazo de un mes desde su adopción, en el Diario Oficial de Galicia.

Por su parte, se procederá a comunicar dicho acuerdo a la consellería competente en materia de urbanismo, a la que se le dará traslado de un ejemplar en soporte digital, debidamente diligenciado, para su inscripción en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

En todo caso, y de conformidad con lo exigido por el artículo 199.4 del RLSG, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del estudio de detalle quedan condicionadas al cumplimiento de los anteriores trámites y a lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en relación con el artículo 65.4 del mismo cuerpo legal.

Séptimo. El contenido íntegro del estudio de detalle definitivamente aprobado estará disponible en la siguiente dirección electrónica https://hoxe.vigo.org/movemonos/urbanismo_pxom2.php?lang=gal#/ y en el Portal de transparencia.

Octavo. Contra el presente acuerdo, con carácter de disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (artículo 84.1 de la Ley del suelo de Galicia y artículo 201.1 de su reglamento), en un plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho».

Conforme a lo señalado en el artículo 101.3 del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión urbanística, mediante el presente anuncio, se procede a la publicación del inicio del expediente de reparcelación al objeto de que, conforme al artículo 106.1 de la norma citada, en el plazo de los tres meses siguientes a partir de la fecha siguiente a esta publicación, los propietarios que representen los dos tercios del número total de propietarios interesados y el 80 por 100 de la superficie reparcelable formulen proyecto de reparcelación conforme a la normativa y al planeamiento de aplicación, que contendrá con la debida precisión los criterios de definición, valoración y adjudicación de las fincas resultantes.

Vigo, 15 de marzo de 2022

El alcalde
P.D. (Resolución de 11.7.2019)
María José Caride Estévez
Vicepresidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo